
Confieso que en cinco décadas de persistente presencia en esta “Página Quince” no logramos que partidos, periodistas, grupos de “estudio”, académicos, el propio TSE y, menos aún, los electores como tales, tomaran conciencia de que, durante todo este tiempo, era urgente encarrilar al país para evitar su progresivo y evidente “descalabro terminal".
Pero no a lo loco, sino aplicando la “partitura para el desarrollo” consignada en la Constitución como tal y “bajable a tierra” en dos leyes estratégicas que desde 1974 (Ley 5525) y 1978 (Ley 6227) definieron con meridiana claridad cómo gobernar y administrar el país con una excelencia estratégica, programática y operativa única; no copiada de textos académicos foráneos.
Como persistente “estudioso criollo” de este “fenómeno criollo”, siempre denunciamos que los programas electorales de todo partido han ignorado la Costa Rica configurada en ese marco superior pensado para llevar a esta “nave-país" al visionario puerto del artículo 50. Más bien, dichas propuestas parecen describir “naves-cargueras” sin rumbo.
Es por ello que cuando un editorial de La Nación (01/12/2025) sugirió “asestar un mazazo a la polarización” que sufre el país, igual a como “se asestó al ejército en 1949”, pensé que una analogía semejante me sería útil: un mazazo, pero furibundo, es lo que requiere la descomunal negligencia del tico por haber ignorado esas normativas pioneras adoptadas “ayer”, para precisamente haber evitado la deleznable polarización que se denuncia “hoy”.
Creo importante aportar viabilidad teórico-empírica al llamado del editorial al urgir “altura en el debate, rechazo de la manipulación y obligar a sus dirigentes a transitar por la vía del diálogo, la transparencia y el respeto institucional”. Tales buenos deseos solo –y repito, solo– pueden lograrse, en la praxis costarricensis, mediante la plena "reivindicación empírica" de los desdeñados “atributos virtuosos" que hemos demostrado hasta el cansancio que existen en nuestro Régimen de Derecho. Haberlos ignorado todos estos años no los invalida.
¿Prueba? Cierre el lector los ojos por unos segundos y piense cómo un advenedizo que, en mayo de 2022, juró el artículo 194 como presidente, logró superar con creces a todos sus antecesores, pero no en la solución de problemas, sino en el inédito y salvaje “desprecio polarizante" hacia dicho Régimen de Derecho sin que la oposición legislativa, la prensa, la Contraloría, la Defensoría, cámaras ni sindicatos hayan atinado –o se hayan atrevido– a corregir tales desvaríos aplicando los diversos tipos de “mazazos furibundos” previstos en materia de control político y exigencia de cuentas en esa “partitura constitucional" hasta ahora ignorada por todos.
Cualquier lector serio puede sopesar si la interpretación que hago de esa “normativa estratégica” que enuncio de seguido, es “técnicamente” sólida cuando afirmo que, de haber sido integralmente aplicada, habría hecho de Costa Rica un mucho mejor país. En nuestro favor, diré que la Sala IV y la Procuraduría han ya dilucidado por separado muchas partes de ella en un “espíritu" parecido al nuestro, solo que como piezas aisladas del rompecabezas.
Estas áreas temáticas que presento permiten vislumbrar ese “rompecabezas armado” cuya plena comprensión y manejo eficaz solo puede estar en manos de estadistas visionarios, responsables, comprometidos y transparentes, no de improvisadores. Costa Rica no puede seguir como un carguero al desgaire. Veámoslas.
1. El modelo país. ¿Tiene el candidato claro que él y sus “ministros-estadistas" deben llegar conociendo Constitución, leyes y los procesos transformadores asociados, del ministerio y de los entes de cada ramo o sector, así como aquellas leyes macro que constituyen las obligadas “políticas de Estado” que buscan ordenar la visión de conjunto del gobierno, tales como la LOA (en ambiente); Fodea (en agropecuario); Fodesaf y el Código de Niñez y Adolescencia (en trabajo y seguridad social); la fundamental de educación; la general de salud; las de simplificación de trámites y promoción de la competencia (en industria, comercio y turismo), y otras?
2. El artículo 50: pináculo del país deseado. ¿Tiene el candidato conciencia de que, una vez presidente –aun si llegara con el mesiánico mensaje de “desmantelar” el Estado “atrofiado, ineficiente y argollero”–, estará obligado desde el 8 de mayo con cada ministro (y la oposición a exigirle cuentas en tiempo real) a “ejecutar y velar por el exacto cumplimiento” de las leyes (artículo 140.3), así como a “vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas” de cada sector (140.8), lo cual haría el “milagro” de que mucho antes de poder “desmantelar” nada, el gobierno se tornaría mucho más eficaz para “encarrilar” al país hacia el ideario socialdemócrata de aquel artículo 50?
3. Dirección gubernativa. ¿Saben que el artículo 140.8 está instrumentado en la LGAP 6227 y faculta al Poder Ejecutivo de cada sector a ordenar, vía “directrices“, a todo ente autónomo mediante metas y tipos de medios, y a destituir juntas directivas que las incumplan injustificadamente?
4. La descuidada planificación gubernativa. ¿Dará el candidato plena activación a la Ley 5525, que desde 1974 estableció, liderado por Mideplán y en apoyo del presidente, un sistema –exitoso cuando se le ha utilizado diligentemente– que integra a ministerios y entes por ramos bajo el “mando político" de cada ministro sectorial, y dispone de idóneos mecanismos de planificación sectorial así como de participación ordenada de la sociedad civil en San José y en toda región con miras a lograr el “milagro” de una integral y concertada formulación y ejecución de planes, políticas y programas?
5. Evaluación integral ‘por sectores’. ¿Es el candidato consciente de que debe llegar preparado con sus ministros para que después de designarlos, estos lideren a presidentes ejecutivos, funcionarios de carrera y voceros civiles calificados de cada sector, en una evaluación exhaustiva que determine si son necesarios cambios en las leyes del sector, o bien la tan cacareada eliminación de entes; o, si la falta de logros en todo sector se ha dado por la pésima gestión de leyes que, siendo aún necesarias han sido incumplidas producto de “partidarismos", corrupción o mero desdén por aquellos atributos superiores que precisamente obligan al excelente gobierno?
6. Responsabilidad por incumplimientos. ¿Tiene claro que el Poder Ejecutivo de cada sector es responsable (artículo 149.6) por violar alguna ley expresa por acción u omisión? Y, ¿que según el artículo 121.24, los ministros serán censurados por la Asamblea si “son culpables de actos inconstitucionales o ilegales, o de errores graves que hayan causado o puedan causar perjuicio evidente a los intereses públicos”?
7. Sujeción a control legislativo sectorial, no micro. ¿Tienen claro que lo anterior exige que los legisladores de oposición ejerciten una constante exigencia de cuentas sectoriales a cada ministro sobre el estado, desempeño y resultados precisos del ramo que dirige y no solo el "preferido control" sobre problemas aislados de su cartera o de entes particulares?
8. Presidentes ejecutivos, ministros sin cartera. ¿Persistirá en nombrar presidentes ejecutivos como ministros sin cartera a contrapelo de la Ley 5507 y de la Constitución, que prohíben tal doble nombramiento, además del fracaso operativo de tal esquema?
9. Ineficacia en lucha contra la pobreza. ¿Seguirá igualmente improvisando por decreto al presidente del IMAS como ministro sin cartera a cargo de la tan malograda “lucha contra la pobreza”, siendo esta una competencia legal intransferible del ministro de Trabajo y Seguridad Social?
10. Presidencias ejecutivas y Servicio Civil. ¿Hará algo drástico para eliminar estas dos fuentes de corrupción e ineficacia gubernativas (Ley 5507 de 1974 en su total conjunto y la desventurada regresión del artículo 4 del Estatuto de Servicio Civil en 1998 en favor de partidos políticos)?
Última arenga a periodistas y académicos
Me queda una dilucidante pregunta: ¿no creen esencial que, por riguroso deber de probidad, deberían ustedes estar exigiendo a los candidatos que revelen cuáles son sus prospectos de ministros que estarían a la altura de los “estadistas" requeridos? ¿O si imitarán el desastroso “método Chaves" (que se los reclute una empresa)?
Ignorar estos atributos virtuosos constitucionales solo descalifica a quienes opten por seguir dejando a Costa Rica al garete.
jmeonos@ice.co.cr
Johnny Meoño Segura, catedrático jubilado de la Universidad de Costa Rica, es doctor en Ciencias Gubernativas por la Universidad de Londres; autor de nueve libros y múltiples investigaciones sobre desarrollo; director de Reforma del Estado Mideplán (1976-1984); profesor durante 37 años en la Escuela de Ciencias Políticas de la UCR; consultor en IICA, BID y PNUD, y colaborador de ‘Página Quince’ de ‘La Nación’ desde 1974.