Recientemente, en Opinión, dos personas publicaron artículos sobre el aborto voluntario en Costa Rica (el aborto terapéutico ya es legal). La señora Marianne Odio Fonseca escribió el artículo “El aborto a discusión”; el señor Jean Seas Acosta, “Discutamos sobre el aborto”.
No pretendo debatir con ambas personas, sino plantear un tema distinto, pero vinculado al del aborto: el derecho a la renuncia paterna; o sea, el derecho del hombre a renunciar a los deberes y los derechos sobre el futuro hijo si la mujer persiste en la gestación contra el deseo del hombre.
Es interminable el debate sobre si un feto es o no es una persona; y, si no lo es siempre, desde cuándo podría considerárselo persona. Con razón, el jurista Laurence H. Tribe tituló Guerra de absolutos su libro sobre el choque de opiniones referidas al aborto.
En cuanto a la cuestión filosófica de si el feto es o no es una persona, prefiero las tesis expresadas por el neurólogo Michael S. Gazzaniga en su libro El cerebro moral. El autor no privilegia el asunto de si el aborto voluntario es moral, sino desde cuándo puede el feto sobrevivir con la asistencia hospitalaria. Gazzaniga fija esta posibilidad en la semana 23.ª de la gestación.
Desde hace más de cincuenta años, apoyo el derecho al aborto voluntario dentro de un plazo de gestación determinado legalmente. Puede ser de entre 14 y 18 semanas si nos atenemos a los lapsos establecidos en diversas legislaciones nacionales.
Tres casos posibles
La renuncia paterna se plantea del siguiente modo. 1) Las mujeres y los hombres son iguales ante las leyes; es decir, tienen los mismos derechos y deberes. 2) Las mujeres y los hombres tienen el derecho de reproducirse o de no reproducirse; por tanto, nadie debe obligar a hacerlo o no hacerlo. Las leyes no pueden discriminar a un sexo en beneficio del otro: no pueden negarle derechos reproductivos a un sexo o al otro.
Veamos los tres casos posibles de relaciones consensuadas, ninguno referido a las parejas casadas: 1) la mujer y el hombre están de acuerdo en que prosiga el embarazo: este continúa; 2) la mujer no lo desea, pero el hombre sí: se impone la voluntad femenina; 3) la mujer quiere proseguir el embarazo, mas el hombre lo rechaza: predomina la decisión de la mujer, pero el hombre renuncia a los derechos y los deberes sobre el futuro hijo.
Veamos ahora cómo podría aplicarse la renuncia paterna: 1) la mujer nota que está embarazada; 2) mediante una carta notarial, lo comunica al hombre antes de las 18 semanas; 3) mediante una carta notarial, el hombre tiene a) el derecho de aceptar los derechos y los deberes de futuro padre, o b) el derecho de renunciar a tales derechos y deberes.
Puede ocurrir que el hombre haya desaparecido o se esconda. Estos casos se interpretarán como una renuncia paterna implícita, pues no debe imponerse una obligación a una persona sin que lo sepa. Ante la ausencia del hombre, en el plazo de ley, la mujer deberá decidir: si continúa con el embarazo, lo hará bajo su única responsabilidad ya que puede abortar legalmente y se niega a hacerlo.
El proceso legal de la renuncia evita que la mujer oculte su embarazo al hombre antes de las 18 semanas para así imponerle maliciosamente la paternidad. Cuando el hombre lo supiera, ya sería tarde para renunciar legalmente.
No es abandono infantil
El derecho a la renuncia paterna se ha planteado en los Estados Unidos y en algunos países de Europa, pero no se ha integrado en los códigos legales. La propuesta ha suscitado objeciones contra los derechos reproductivos de los hombres. Veamos algunas.
Una objeción postula que todo hijo y toda hija tienen el derecho al cuidado de su padre y de su madre. Este derecho consta en acuerdos internacionales. Así, en su artículo 7.º, la Convención sobre los Derechos del Niño establece el derecho de todo niño a tener un padre y una madre.
Ello es justo, pero tal Convención alude a niños y niñas (nacidos, obviamente), no a embriones ni a fetos. El aborto voluntario y legal sería imposible si los fetos gozaran del derecho a tener padres legales. Según las feministas proaborto, dentro de cierto lapso, un feto no es una persona; por tanto, no está incurso en los derechos de los niños. Siguiendo las tesis feministas, la renuncia paterna no es abandono infantil.
Otra objeción a la renuncia paterna supone que es innecesario legalizarla porque los hombres “ya renuncian” de hecho cuando desaparecen. No obstante, es absurdo homologar una desaparición con una renuncia legal. Más bien, el hombre renunciaría legalmente y con el conocimiento de la mujer, ejerciendo así su libertad de decidir (la misma libertad de la mujer).
Otra objeción plantea que el hombre debe aceptar las consecuencias de un acto sexual en el que intervino sin emplear un método anticonceptivo. Sin embargo, esta es una responsabilidad común del hombre y de la mujer. Los métodos masculinos y los femeninos son comunes porque están consensuados: en la práctica, no hay “mío” ni “tuyo”. No puede argüirse entonces que el hombre es “el responsable” si hay consentimiento.
Ambos o ninguno
Quedan eliminadas las objeciones referidas a supuestos derechos femeninos “vulnerados”, pues los hombres y las mujeres tienen los mismos derechos a ser padres o madres, y nadie está obligado a ser una cosa o la otra.
Al final quedaría solo un motivo “práctico” para rechazar la renuncia paterna: el interés de “encadenar” a un hombre durante 18-25 años (según sean los países) para que pague la manutención de un hijo que nunca deseó, pero la mujer sí pudiendo abortar. Esto ya ocurre con la aprobación de las leyes. El padre involuntario se torna así un “cajero automático”.
Las razones formuladas en defensa del aborto voluntario son las mismas razones argüidas en defensa de la renuncia paterna. El derecho a la renuncia paterna no quita derechos a las mujeres, así como la decisión de abortar no quita derechos a los hombres, pues la gestación es un arduo trabajo que solo desempeña la mujer. (Omitamos por hoy el absurdo de que haya “hombres gestantes”, un imposible de moda.)
Personas de avanzada, defensoras de la igualdad entre los sexos, seguramente están de acuerdo con que rija el derecho a la renuncia paterna. Los hombres deben apoyar los proyectos de ley del aborto solamente si incluyen el derecho a la renuncia paterna. Igualdad es igualdad. Derecho al aborto voluntario más derecho a la renuncia paterna: ambos derechos juntos o ninguno.
El autor es ensayista.