Cartas

¿Quién dijo que el presidente debe presentarse ante los diputados a leer su informe de labores?

La única ocasión en que el presidente de la República debe asistir al recinto legislativo es para prestar el juramento constitucional, previsto en el artículo 194 de la Carta Magna

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Los diputados aprobaron una iniciativa por la cual obligarán a que el presidente de la República permanezca en el recinto legislativo tras leer su informe de labores, a fin de responder a preguntas de los legisladores.








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