Un recurso de casación de la Televisora Repretel S. A. le permitió a esa empresa reducir casi 90% el monto a pagarle a la traductora Eugenia Cartín Barrios, luego de ratificarse que vulneró y lesionó su imagen al divulgar una imitación suya durante transmisiones televisivas en el 2017.
En marzo del 2019, un tribunal del I Circuito Judicial de San José condenó en primera instancia a la televisora a pagarle ¢70 millones a Cartín Barrios.
Sin embargo, la empresa apeló la sentencia en la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, lo que le permitió rebajar a ¢8 millones el monto que finalmente le girará a la afectada, de 75 años.
Este caso se conoció por primera vez en enero del 2018 en el Tribunal de Primera Instancia Civil, donde Cartín Barrios presentó un reclamo por ¢500 millones en compensación por daños materiales y morales por una imitación presentada en Toros Repretel.
En las transmisiones, Repretel incorporó a su llamada Selección Mayor del Humor a Fabián Murillo, un vecino de Barva (Heredia) quien imitó a personas conocidas en el país; incluida Cartín Barrios con un personaje llamado Doña Genia.
En aquellas apariciones, el personaje de Murillo sobre Cartín Barrios hacía una parodia en la cual se encargaba de supervisar e inspeccionar tanto al público del redondel, como a los toreros improvisados.
Dicho Tribunal acogió parcialmente el reclamo y condenó a la televisora a la afectada.
Empero, ahora la Sala I resolvió reducir el monto a ¢8 millones, según la resolución 002396-2020 del 8 de octubre anterior.
Los magistrados razonaron que la imposición del monto de ¢70 millones llegó sin expresarse los elementos por los cuales la suma era razonable y proporcional.
El tribunal lo integraron Luis Guillermo Rivas Loáiciga, quien presidió, así como Iris Rocío Rojas Morales, William Molinari Vílchez, Damaris Vargas Vásquez y Jorge Alberto López González.
Para ellos, lo procedente era realizar una nueva cuantificación y considerarse la intensidad del daño que con la creación del personaje sufrió Cartín Barrios, para determinar la razonabilidad y proporcionalidad de la sanción por imponer.
En su argumentación, los altos jueces explican que el personaje se difundió en el marco de los Festejos de Fin de Año que comprendieron 14 días entre el 25 de diciembre de 2017 y 7 de enero de 2018.
“El personaje sólo se presentó en una de las televisoras que transmiten tales eventos, durante 8 de los 14 días apuntados, mostrándose como una mujer trabajadora. Fue una aparición que se dio por lapsos cortos y distribuidos a lo largo de la difusión”, precisa la resolución.
Si bien los jueces señalan que sí hubo un daño moral, el plazo por el cual Cartín Barrios fue sometida a la vejación del personaje ficticio “no es excesivo, ni permanece en el tiempo”.
A partir de esto, los jueces estimaron razonable y proporcional, que Repretel pague ¢1 millón por cada uno de los ocho días en los que la parodia se transmitió.
“Dicho monto sopesa lo apuntado líneas atrás, pero, ante todo, que tuvo impacto en un lugar y un tiempo de mucha difusión. Además, se toma en cuenta que, el personaje no he tenido ulteriores apariciones, la parodia cesó y esto permite que inicie la fase del desuso y olvido, lo que constituye parámetros objetivos para sustentar la suma fijada”, se lee en la resolución.
En desacuerdo
Por su parte, Rodolfo Alvarado, representante de Cartín en el proceso, se mostró en desacuerdo por lo resuelto en Casación.
“Esta representación legal ha tomado el fallo como uno absolutamente injusto e incorrecto pues, aún y cuando reconoce que Repretel no podía haber utilizado la imagen de Doña Eugenia para crear un personaje y lucrar, nos parece así por la valoración del daño moral en un suma tan pequeña y reducida”, indicó.
Alvarado recordó que, en primera instancia, se había fijado un monto mucho mayor.
De todos modos, agregó, Alvarado celebró que se haya hecho justicia porque, explicó, la imagen de las personas no puede ser “vulnerada por parte de un medio de comunicación y, al margen del monto a cancelar, se debe respetar la imagen de las personas y no violentar sus derechos”, agregó.
Disputa aparte
El 25 de octubre del año pasado, al cabo de dos años y medio en disputa, Cartín Barrios y la empresa Tigo también alcanzaron un acuerdo económico para cerrar la disputa legal que sostenían debido a la filtración de un audio con datos personales de su clienta.
Millicom Cable Costa Rica S.A., que opera bajo la marca Tigo, confirmó ese día que con ese acuerdo confidencial se logró interrumpir el juicio civil interpuesto por la traductora contra la empresa de servicios de Internet.
“Tigo Costa Rica es muy respetuosa de la ley y de la privacidad de los clientes y las personas. Por esta razón no divulgamos detalles sobre el caso”, señaló el documento.
En la segunda quincena de abril del 2017, Cartín Barrios fue el objeto de bromas de miles de personas, luego de la filtración en redes sociales de una conversación que sostuvo con un empleado de la empresa Tigo.
Durante el diálogo, la mujer se enfurece por las deficiencias sufridas en el servicio de Internet contratado a esa empresa.
El audio, que circuló sin su consentimiento, reveló información personal de Cartín, como nombre completo, lugar de residencia, número telefónico y cédula de identidad, entre otros, que ella proporcionó al funcionario de Tigo durante su llamada.
La obtención del acuerdo supuso un evidente triunfo para Cartín, traductora oficial adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores desde hace 43 años, luego de iniciar su reclamo en mayo del 2017 cuando presentó una demanda civil contra Tigo, a la cual reclamó $500.000 por el daño moral y perjuicios ocasionados a su imagen.