Aunque este jueves 1.° de diciembre se celebra feriado del Día de la Abolición del Ejército, y buena parte del país estará expectante del partido Costa Rica-Alemania en el mundial de Qatar 2022, los trabajadores no tendrán libre, pues esta conmemoración fue trasladada por ley.
Debido a la ley 9875, promulgada durante la administración Alvarado Quesada, varios feriados entre semana se trasladaron al lunes siguiente con el objetivo de propiciar fines de semana largos, como ocurrirá con este 1.° de diciembre.
De esta forma, el disfrute del día libre es el lunes 5 de diciembre.
No obstante, los empleados públicos sí podrán disfrutar del asueto que dio el Gobierno, que aplicará durante las dos horas de duración del partido, de 1 p. m. a 3 p. m.
Así las cosas, aunque los costarricenses no podrán aprovechar el feriado para observar del partido de Costa Rica contra Alemania, sí podrán ver dos partidos mundialistas el próximo lunes.
Incluso, uno de ellos podría jugarlo el combinado patrio, aunque para eso “La Sele” tendría que clasificar como primera del grupo E. Se mediría al segundo del grupo F, en donde están Bélgica, Marruecos, Croacia y Canadá (ya eliminada).
Esta reforma buscaba promover el turismo interno en el país, especialmente durante la pandemia por la covid-19.
Aunque este jueves será el último feriado que se trasladará en lo que resta del año 2022, este mecanismo continuará en vigencia durante los años 2023 y 2024, último año en que se aplicará.
¿Cómo se paga el día?
Tome en cuenta que, según el Código de Trabajo, el 1.° de diciembre es un día feriado de pago no obligatorio. Hay dos modalidades de pago:
Si el salario es mensual o quincenal
Para los trabajadores que reciben pagos mensuales o quincenales, así como aquellos que reciben paga semanal por laborar en actividades dedicadas al comercio, los patronos están obligados a reconocer el salario de todos los días del mes, incluyendo feriados.
Es decir, si la persona disfruta el feriado, gana el día como si lo hubiese trabajado.
Ahora, si el colaborador trabaja en el feriado, el patrono debe agregar a su salario un día sencillo, lo que se conoce como un pago doble por ese día. Para estos trabajadores, el pago de horas extras será triple en estos feriados.
Cuando la jornada es diaria o semanal en actividades no comerciales:
En actividades no comerciales, donde las personas que ganan por horas diarias, las cuales se cancelan el mismo día o al final de cada semana, el trabajador tendrá garantizado su derecho al descanso, pero el patrono no está obligado a hacer el pago sencillo de ese día en su remuneración.
No obstante, si el colaborador decide trabajar el día, se les otorgará un pago de día ordinario, no doble. Las horas extra, igualmente, se deben pagar de forma ordinaria (tiempo y medio), según el Código de Trabajo.
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Ahora bien, independientemente de su condición laboral, si usted no trabaja el lunes 5 de diciembre, no le pueden rebajar días de vacaciones o penalizarlo.
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Familias podrán aprovechar el fin de semana largo para visitar destinos turísticos. Fotografía: John Durán (JOHN DURAN)