¿Se ha preguntado qué hacer si le ocurre un accidente en un establecimiento comercial? En julio anterior, una mujer sufrió una fractura en el coxis y otras lesiones por una caída en las escaleras eléctricas del centro comercial Multiplaza del Este, en Curridabat.
La afectada acudió a la Sala Constitucional a reclamar que la empresa debía activar las pólizas para cubrir su atención médica. Sin embargo, ese tribunal se limitó a ordenar a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) brindar la atención a la recurrente a quien remitió a otras instancias judiciales para determinar quién debe asumir la responsabilidad de lo ocurrido.
La administración de Multiplaza del Este confirmó el accidente pero, según su versión, la afectada se cayó porque cuando estaba bajando en las eléctricas, decidió devolverse en sentido contrario al movimiento del aparato. Como no hubo negligencia ni accionar de Multiplaza en el accidente, la compañía de seguros decidió no cubrir el incidente.
Sin embargo, hay ocasiones en los que los accidentes sí podrían implicar la responsabilidad de estos establecimientos comerciales, pero bajo ciertas condiciones.
En Costa Rica, esto lo dispone el artículo 35 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley No. 7472).
“El productor, el proveedor y el comerciante deben responder concurrente e independientemente de la existencia de culpa, si el consumidor resulta perjudicado por razón del bien o el servicio, de informaciones inadecuadas o insuficientes sobre ellos o de su utilización y riesgos”, establece.
Según la norma, solo se libera quien demuestre que ha sido ajeno al daño.
También se detalla el régimen de responsabilidad en los artículos del 194 al 198 del Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor
De esta forma, una persona podrá solicitar que los dueños o encargados de un comercio asuman responsabilidad, que podría implicar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Esa gestión se puede plantear primero en la propia empresa, pero si no se alcanza un acuerdo, puede acudir a la vía judicial, ante los tribunales civiles.
“La responsabilidad es objetiva aún sin mediar dolo o negligencia pero, si se demuestra que un comercio no tuvo participación causal en el resultado, que fue ajeno a la producción del daño, entonces hay exclusión de responsabilidad y entonces se vuelve un problema de aportar pruebas”, explicó el abogado Juan Marcos Rivero Sánchez.
Documentar
En caso de sufrir una caída o un daño en su vehículo, por ejemplo, un aspecto fundamental es documentar lo ocurrido, pues se constituirá en prueba ante un eventual reclamo, explicó Rivero Sánchez.
El protocolo de documentar lo ocurrido, añadió, asiste al afectado y al comercio, por lo cual ofreció algunos consejos:
Videos y fotografías. Si ocurre un percance o accidente, documente con precisión y a la brevedad posible las circunstancias en las cuales se dio la situación.
Testigos. En línea con la recopilación de imágenes, procure dar con testigos del hecho y guardar sus señas de contacto. Esto puede ayudar a reconstruir cómo pasó el incidente en el marco de un reclamo. “Podría aligerar mucho el problema de la carga de la prueba”.
Asesoría legal. Si la circunstancia lo permite, convendría pedir a un notario acudir al punto donde pasó el hecho a levantar un acta y ayudarle a indagar por el tema de videos en cámaras de seguridad privadas o públicas que hayan capturado lo ocurrido. Busque además asesoría legal si decidió interponer un reclamo.
Constancia. Es recomendable dejar un registro por escrito de lo sucedido mediante la presentación del reclamo en el propio comercio. En centros comerciales y otros establecimientos grandes, suelen existir formularios para recibir quejas o sugerencias. Cuando presente el documento, guarde una copia.
Asistencia médica. Si como efecto de un accidente hay lesiones, es clave acudir cuanto antes a un centro médico para que ser atendido y además registrar el tipo de lesión, en caso de luego requerirse esa información para un reclamo.
Rivero manifestó, además, la conveniencia de disponer de algún tipo de póliza personal por accidentes aun y cuando los propios comercios dispongan de algún tipo de seguros. “En el mundo actual es importante que las personas estén cubiertas por un seguro”.