El juicio por supuesta estafa contra la CCSS se desarrolló entre mayo y noviembre del 2020. (Mayela López)
El largo caso de supuesta estafa contra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por parte de la empresa Synthes tiene un nuevo episodio: Un Tribunal de Apelación le dio la razón el pasado 11 de noviembre a la Caja y ordenó que un nuevo Tribunal Penal analice el asunto y revise los pagos por daño patrimonial y daño moral objetivo sufridos por la institución pública.
William Rodríguez, abogado de la CCSS, manifestó que estiman los daños en $3 millones (¢1.908 millones) por aparentes cobros dobles de insumos ortopédicos y la facturación de piezas para cirugías de ortopedia que nunca existieron o pacientes que nunca fueron atendidos. No obstante, en noviembre de 2020, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José condenó a la compañía a pagar apenas ¢1,8 por afectaciones en el Hospital Max Peralta, en Cartago, y ¢34 millones por perjuicios contra el Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, en San José.
Solo en el Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, la CCSS estima daños patrimoniales por $590.000 (¢375 millones). Precisamente, uno de los argumentos de la representación legal de la Caja es que los jueces no valoraron varios informes de Auditoría Interna presentados como prueba durante el juicio.
De acuerdo con el Tribunal de Apelación, los jueces a cargo del debate no tomaron en cuenta la totalidad de casos presentados por la CCSS en los que se habrían gestionado cobros irregulares. En su escrito, los jueces de apelación expresan: “Se verificó, que el tribunal solo se pronunció sobre algunos de los pacientes incluidos en los informes” y que se debía analizar cada caso para no perjudicar los alcances de la sentencia.
Además de obligar a Synthes a cancelar pequeñas indemnizaciones a favor de la entidad, el Tribunal Penal absolvió, por dudas, a Lorenzo Castaño Suárez, médico y gerente general de la empresa, a Edward Aguilar Alcocer, gerente de traumas, y a Johan Masis Arrieta, vendedor. Eso significa que no habrá consecuencias penales para nadie en este caso.
La absolución de los tres imputados fue un baldazo de agua fría para la Caja, pues, en el caso de Castaño Salazar, las autoridades hasta tuvieron que emitir una orden de captura internacional y gestionar su extradición desde Estados Unidos en 2019.
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A pesar de esa situación, el abogado de la CCSS celebró el pronunciamiento de los jueces de apelación.
“Ahora hay que esperar dos cosas: lo primero es ver si las partes interesadas recurren la resolución. Si eso no pasa hay que prepararse para el nuevo juicio y demostrar los daños ocasionados en el Hospital Max Peralta, en Cartago, y en el Hospital Calderón Guardia, en San José (...) Desde el punto de vista legal estamos muy satisfechos y motivados con la resolución del Tribunal de Apelación, esto viene a comprobar que la sentencia del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José tiene graves errores”, declaró Rodríguez.
Rodolfo Brenes, abogado de Synthes, indicó que fueron notificados sobre la resolución del Tribunal de Apelación este viernes 3 de diciembre y deben estudiarla para tomar decisiones al respecto. “Esto es algo normal en todo proceso, es algo que puede suceder si se considera, como en este caso, que la sentencia tuvo algún defecto de fundamentación”, comentó.
En noviembre de 2019, la Junta Directiva de la CCSS rechazó una oferta de conciliación con la empresa cuestionada y decidió seguir adelante para resolver el asunto en un juicio oral y público.
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Largo proceso
Las supuestas irregularidades relacionadas con insumos ortopédicos para cirugías ocurrieron entre 2009 y 2013, según la información presente en el expediente. La causa fue abierta por el Ministerio Público en 2014 y el juicio se desarrolló entre mayo y noviembre de 2020.
¿Por qué un proceso tan largo en el que incluso fue necesario emitir órdenes de captura internacional y exigir la extradición de imputados termina con la solicitud de absolutoria por parte del Ministerio Público? ¿No existían elementos suficientes para pedir una condenatoria contra los empleados de Synthes?
“Yo siempre le digo a las víctimas que, al empezar un juicio, vamos cincuenta y cincuenta aunque hayamos hecho una acusación ¿Por qué? Porque, precisamente, es el juicio donde se va a reproducir absolutamente todo: la prueba documental, testimonial y pericial. A partir de ahí es que los jueces, con lo que lleva la Fiscalía, los querellantes, los actores civiles y los defensores, resuelven.
“Si bien es cierto, en este caso, se llevaba una acusación, una vez que se desarrolló (el debate) y se evacuó toda la prueba, la misma no fue suficiente para solicitar una sentencia condenatoria. Lo que se solicitó fue una absolutoria por duda (...) Esas son las cosas que, diay, suceden, desgraciadamente por el tiempo que ha transcurrido, este expediente es de 2014, los hechos ocurrieron entre 2009 y 2013, cuando se inicia la investigación muchas cosas ya no estaban y los testigos ya no recordaban los hechos”, comentó Yorleny Matamoros Salazar, fiscal a cargo del caso.
La funcionaria agregó que, formalmente, sus superiores no le han pedido un informe en el que se detalle el desarrollo de este asunto y las razones por las cuáles tuvo el resultado mencionado.