CCSS amplía seis meses más medidas que favorecen a patronos y trabajadores independientes
Patronos y trabajadores independientes morosos con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tendrán seis meses más para beneficiarse de medidas que flexibilizan los arreglos de pago por deudas con la institución.
Gabriela Artavia Monge, gerenta financiera de la CCSS, confirmó la prórroga acordada por la Junta Directiva de la entidad. La vigencia de ocho medidas será hasta el 31 de diciembre del 2023.
Esas medidas son las siguientes:
- Disminución de la tasa de interés. Se cambió la metodología para el cálculo de las tasas de interés de los arreglos y convenios de pago en colones, con lo cual se redujeron significativamente los intereses. Se pasa de 9,22% a 7,33% anual; la tasa de interés actual se calcula con base en la tasa básica pasiva del Banco Central de Costa Rica más un punto porcentual.
- Aumento de plazos máximos de los acuerdos de pago. Se amplió el plazo máximo de cuatro a cinco años. En el caso de los arreglos de pago, se amplió el plazo máximo de doce a quince años cuando la garantía es una hipoteca en primer grado. Para el resto de las garantías se amplió de siete a ocho años.
- Disminución del porcentaje del pago inicial para los trabajadores independientes. Inicialmente, los porcentajes del pago inicial para convenios de pago con trabajadores independientes eran entre 15% al 30% del monto de la deuda, según el plazo del convenio. Se disminuyó ese porcentaje en un rango entre el 5% y el 20%, según el plazo del convenio de pago.
- Ampliación del plazo para el pago de cuotas de convenios con atraso. Si el deudor tenía un atraso de 60 días en el pago de las cuotas del convenio de pago, la Administración finalizaba por incumplimiento el convenio de pago y procedía a realizar las gestiones cobratorias. Ese plazo se amplió a 90 días con el fin de brindar al deudor mayor tiempo para poner su operación al día.

- Inclusión de los gastos de formalización como parte del acuerdo de pago en deudas menores a ¢1 millón. Para formalizar cualquier acuerdo de pago, el deudor debe pagar a la CCSS gastos de formalización por la suma de ¢50.938. Esta suma se puede incluir en los acuerdos de pago por deudas menores a un millón de colones con el fin de reducir la cuantía del pago inicial.
- Ampliación de plazo para cuotas “pago único de intereses” en convenios de pago. En convenios de pago existe la posibilidad de pagar una cuota muy baja, que considere solo intereses sin aportes al principal. Para esta modalidad de pago se amplió el plazo de pago de 1 a 2 años, lo cual permite al deudor mantener un pago mínimo en los primeros dos años, que restaría presión a su flujo de caja. Además, la cuota mensual a partir del tercer año, también genera una disminución significativa.
- Disminuir el requisito del porcentaje amortizado para readecuaciones de convenios de pago. Las readecuaciones de convenios de pago disponen que se haya pagado un porcentaje del monto principal del acuerdo vigente. Se redujo ese porcentaje con el fin de hacer más accesible las readecuaciones de convenios de pago. En convenio de pago, antes se tenía la opción de readecuar en dos ocasiones; con los cambios realizados ahora se admite una tercera readecuación adicional.
- Disminuir el porcentaje de cobertura de los fiadores en arreglos de pago con garantía fiduciaria. Para que una persona califique como fiador en un arreglo de pago, su salario neto debía cubrir al menos un 15% de la deuda. Con las medidas implementadas se reduce este porcentaje a un 12%.