
La Sala Constitucional ordenó al Consejo de Gobierno suspender el nombramiento temporal del representante de los sindicatos en la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), mientras resuelve un recurso de amparo contra la decisión gubernamental de rechazar la designación de la exdiputada del Frente Amplio, Rocío Alfaro, en ese cargo. La resolución se dictó este 1.° de setiembre de 2026.
El Consejo de Gobierno había nombrado discrecionalmente a Róger Rivera Mora como representante sindical pro témpore desde 12 de agosto, después de denegar la decisión del movimiento sindical de escoger a la exlegisladora Alfaro.
A raíz de un recurso de amparo, la Sala dio audiencia al ministro de la Presidencia, Rodrigo Chaves, y a la presidenta ejecutiva de la CCSS, Mónica Taylor, para que informen sobre los hechos denunciados. Como medida cautelar, le ordenó al Consejo de Gobierno abstenerse de realizar un nombramiento temporal y, si ya lo hizo, suspenderlo.
Las autoridades cuentan con tres días hábiles después de la notificación para presentar el informe correspondiente.
El recurso lo presentó Edwin Solano Madrigal, secretario general del Sindicato de Trabajadores de Farmacia, en favor de Alfaro y contra el Consejo de Gobierno.
La Sala Constitucional explicó que la presentación del recurso suspende de pleno derecho los efectos de los actos cuestionados, según el artículo 41 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
Como el Gobierno ya efectuó una designación para ese puesto, la resolución establece que debe suspenderla hasta que la Sala resuelva el recurso o determine lo contrario. La orden no significa que los magistrados resolvieran a favor de Alfaro sobre el fondo del reclamo.
El tribunal también advirtió a las autoridades sobre las consecuencias de incumplir una orden de la jurisdicción constitucional. La Ley de la Jurisdicción Constitucional establece penas de tres meses a dos años de prisión o de 20 a 60 días multa para los casos contemplados en esa disposición.
Rivera participó por primera vez como representante sindical en la sesión de la Junta Directiva del 18 de agosto. Su nombramiento ocurrió un día antes de que la Sala Constitucional anulara el acuerdo mediante el cual el Consejo de Gobierno había rechazado la designación de Alfaro para el periodo 2026-2030.
La Sala Constitucional resolvió ese caso mediante la sentencia 2026-031380, del 13 de agosto. Los magistrados determinaron por unanimidad que el Ejecutivo no podía objetar la escogencia efectuada por el sector sindical, según el artículo 6 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
El presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, explicó en ese momento que el rechazo del Consejo de Gobierno carecía de fundamento jurídico, debido a que la legislación impide al Poder Ejecutivo objetar los nombramientos efectuados por los sectores sindical y patronal.
La sentencia también estableció diferentes fundamentos sobre la actuación del Ejecutivo. Parte de los magistrados consideró que se afectó la autonomía constitucional de la CCSS, mientras otros sustentaron su decisión en el acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad y en la libertad sindical colectiva.
Durante la sesión del 18 de agosto, el director jurídico de la CCSS, Gilbert Alfaro, se refirió a la validez de las actuaciones de la Junta Directiva con un representante sindical pro témpore. El funcionario sostuvo que corresponde al Consejo de Gobierno formalizar los nombramientos y que la Caja es receptora de esa decisióny no determina a quién se designa o juramenta.
La disputa se originó el 9 de junio, cuando la asamblea del movimiento sindical escogió a Alfaro como representante propietaria y a Marta Rodríguez como suplente ante la Junta Directiva de la CCSS. El Consejo de Gobierno rechazó posteriormente ambas designaciones.
Entre las razones planteadas por el Ejecutivo figuraron cuestionamientos sobre experiencia en materias económico-sociales, posibles incompatibilidades, participación en asuntos político-electorales y posiciones públicas relacionadas con el Caso Barrenador. Las organizaciones sindicales cuestionaron la decisión y solicitaron la juramentación de sus representantes.
Antes de la sentencia de agosto, la presidenta ejecutiva de la CCSS, Mónica Taylor, había planteado la posibilidad de solicitar un nombramiento pro tempore mientras se resolvía la vacante sindical. Según su argumento, la institución necesitaba mantener integrada la Junta Directiva para adoptar decisiones.
Además, para este jueves 3 de setiembre a las 4 p. m. se convocó una concentración nacional frente a las oficinas centrales de la CCSS. Según la convocatoria, la actividad plantea como ejes la defensa de la autonomía institucional, la representación sindical y el pago de la deuda del Estado con la Caja.