
La Sala Constitucional aclaró este martes el alcance de las medidas cautelares dictadas por el magistrado instructor Fernando Cruz Castro, en el expediente que analiza la constitucionalidad de la normativa que regula el desarrollo inmobiliario en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, en Guanacaste.
Mediante un comunicado, Cruz precisó que la suspensión del otorgamiento de autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad no es absoluta, sino que aplica únicamente en los casos donde se haya utilizado o se pretenda utilizar la figura de compensación de densidades y coberturas prevista en el decreto ejecutivo N.° 44448-MP-TUR .
La aclaración surge tras consultas sobre el alcance de la resolución emitida el 17 de abril, cuando Cruz ordenó una serie de medidas cautelares con el fin de prevenir posibles daños graves e irreparables al ambiente, mientras se resuelve el fondo de la acción de inconstitucionalidad.
En aquella resolución, el magistrado dispuso una moratoria total sobre el otorgamiento de permisos de tala de árboles en el polo turístico, suspendió autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad, y frenó la emisión de actos administrativos relacionados con la normativa cuestionada.
El fallo se produjo pocos días después de que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) otorgara a la empresa Enjoy Hotels & Resorts S. A. un permiso para talar 748 árboles en playa Panamá, como parte del proyecto turístico Bahía Papagayo.
La acción de inconstitucionalidad en estudio cuestiona el Plan Maestro General del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo, aprobado en 1995 y reformado en 2012, el cual establece las reglas para el desarrollo inmobiliario en esta zona de aproximadamente 1.658 hectáreas.
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‘No contiene elementos oscuros’
En el comunicado divulgado este miércoles, la Sala IV insistió en que fuera de la precisión realizada sobre la compensación de densidades, la resolución original “no contiene elementos oscuros ni omisos que ameriten aclaración o adición” .
Además, informó que rechazó una gestión de nulidad presentada contra las medidas cautelares dictadas en este proceso.
El expediente continúa en análisis, con las medidas cautelares ya dictadas, bajo el principio pro natura, invocado por el magistrado Cruz para evitar eventuales afectaciones al ambiente.
