
El 24 de junio, el ministro de Hacienda y Presidencia, Rodrigo Chaves, aseguró que Costa Rica incorporaría tecnologías desarrolladas por el Mossad, la agencia de inteligencia de Israel. Sin embargo, el viceministro de Hacienda, Víctor Julio Carvajal, afirmó ahora que la cartera apenas se encuentra en una etapa de exploración y análisis de alternativas tecnológicas.
La respuesta de Carvajal surgió luego de que la Sala Constitucional obligara al viceministro a responder una solicitud de información remitida por el ciudadano José Sánchez Pérez.
En junio pasado, Chaves textualmente dijo: “Vienen tecnologías desarrolladas por el Mossad en Israel para detectar el contrabando en este país a través de las importaciones. Yo no voy a revelar más detalles”.
Sánchez remitió cuatro consultas puntuales sobre el anuncio de Chaves. Sin embargo, la tónica en las respuestas fue indicar que no podían referirse porque no había “tecnológica definida”.
“Actualmente esta iniciativa no se ha desarrollado y se encuentra en una fase de exploración y análisis (...) Al no existir una herramienta tecnológica definida, no resulta procedente referirse a protocolos de ciberseguridad, mecanismos de auditoría o esquemas de intercambio de información”, dice el oficio firmado por Carvajal.
En el oficio, Hacienda defendió que todo “se implementará bajo el marco jurídico vigente y con pleno respeto a los principios de legalidad, transparencia, rendición de cuentas y protección de la información”.

Ante esa respuesta, Sánchez remitió una nueva consulta de información a Hacienda. En el documento, pide explicaciones sobre la fase de exploración en la que se encuentra la eventual implementación de herramientas de inteligencia artificial y analítica de datos para fiscalización tributaria y aduanera.
La gestión buscaría esclarecer si existen contrataciones en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop), pruebas piloto, reuniones con proveedores o partidas presupuestarias destinadas a este fin.
Por otra parte, la petición requiere detallar los fundamentos legales para el uso de evidencia digital, y consulta si la entidad pretende recurrir al Convenio de Budapest para intercambiar datos informáticos de contribuyentes y cómo garantizará el respeto a la privacidad. En particular, pide aclarar las salvaguardias judiciales aplicables y la coordinación con la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab).
Recurso de amparo previo
El 25 de junio, el analista de ciberseguridad y perito informático José Sánchez Pérez presentó formalmente una solicitud de información pública.
El ciudadano solicitó información sobre el marco legal que permite el uso de un software de inteligencia para el tratamiento masivo de datos de ciudadanos, así como detalles sobre sus capacidades técnicas, entre ellas el uso de inteligencia artificial para elaborar perfiles, realizar análisis predictivos o recopilar información de distintas fuentes.
Pidió conocer las medidas de ciberseguridad y de auditoría, si los datos pueden ser compartidos con la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) u otros organismos de inteligencia, y las garantías de protección de datos personales. Consultó, además, si se realizó una evaluación de impacto y si la información se almacena en servidores estatales o puede ser transferida al extranjero.
Sin embargo, no recibió la información en el plazo de ley e interpuso un recurso de amparo el 13 de ese mes. Hacienda le envió una respuesta el 15 de julio y señaló a la Sala que con esa contestación consideraba satisfecha la solicitud del ciudadano.
El 30 de julio, la Sala Constitucional declaró con lugar el amparo y tuvo por vulnerados los derechos consagrados en los artículos 27 y 30 de la Constitución Política.
“(La respuesta de Hacienda) es genérica, pues no abarca ni detalla cada uno de los puntos solicitados por el petente, tampoco se le justifica el porqué de la omisión de respuesta. Si bien, esta Sala ha indicado que no implica la obtención de una respuesta favorable o no, sí implica la necesaria congruencia entre el objeto de lo pedido y el de lo contestado”, resolvieron los magistrados en el voto 2026-029146.
Según el voto, los altos jueces estimaron que la autoridad accionada incumplió su deber constitucional de brindar una respuesta clara, completa y jurídicamente suficiente al recurrente.
