
La Sala Constitucional rechazó un recurso de amparo interpuesto contra el Reglamento Técnico RTCR 519-2025 del Ministerio de Salud que establece nuevas reglas para la comercialización de vapeadores en Costa Rica.
La decisión implica que el recurso fue desestimado al no demostrarse que el reglamento vulnere derechos constitucionales.
El reglamento fija las especificaciones técnicas obligatorias que deben cumplir los vapeadores, tanto importados como fabricados en el país, y refuerza aspectos como el control sanitario, el etiquetado, la publicidad y la disposición de residuos.
Entre los principales cambios, el reglamento introduce medidas orientadas a reducir el consumo, especialmente entre personas menores de edad. Una de ellas es la prohibición de sabores, aromas y presentaciones que resulten atractivos, como aquellos asociados a frutas, dulces o postres.
Asimismo, se establece un límite máximo de nicotina de 20 miligramos por mililitro (2%), con el objetivo de disminuir el riesgo de adicción y los posibles efectos en la salud.
La normativa también prohíbe empaques con personajes, figuras o elementos visuales vinculados a productos infantiles, así como cualquier tipo de publicidad, promoción o patrocinio de estos dispositivos.
Otro de los cambios es la limitación del volumen de los envases a un máximo de 10 mililitros cuando contienen nicotina, además de la implementación de controles más estrictos mediante inspecciones y toma aleatoria de muestras en puntos de venta.
En cuanto a la composición, el reglamento autoriza únicamente 16 sustancias químicas, todas con sabor a tabaco, y restringe cualquier aroma que pueda resultar atractivo para niños, niñas y adolescentes.
Con esta decisión, la normativa se mantiene vigente y consolida un marco regulatorio más estricto sobre los vapeadores.

“Gracias a esta regulación, seguimos protegiendo a la población: sin sabores atractivos, con límites de nicotina y empaques seguros. ¡La salud gana!“, recalcó Salud.
El reglamento, publicado el 10 de febrero de 2026, señala que a partir de la publicación en el diario oficial La Gaceta, se establece un plazo improrrogable de seis meses para que fabricantes, importadores y comercializadores se ajusten a lo dispuesto.
Según el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), uno de cada diez jóvenes entre los 12 y 17 años ha utilizado vapeadores y la edad promedio de inicio es de 13 años.
Además, de acuerdo con Salud, el vapeo daña el desarrollo del cerebro, provoca adicción fuerte y puede afectar la salud mental y respiratoria.
