
Desde el 7 de mayo del 2025, el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica impulsa un proceso judicial contra el Decreto Ejecutivo N.° 44714-S. Esta normativa establece el uso obligatorio de recetas digitales para prescribir antimicrobianos, lo que ha generado cuestionamientos por parte de distintos actores del sector salud y ahora también de la Procuraduría General de la República.
El gremio médico interpuso una medida cautelar ante el Tribunal Contencioso Administrativo y, posteriormente, una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 11 y 13, incisos l), m) y n) del decreto. La Procuraduría, en respuesta a la audiencia conferida por la Sala Constitucional, coincidió con el Colegio en que estas disposiciones presentan conflictos con el bloque de constitucionalidad.
Riesgos para la privacidad y la salud
Según la Procuraduría, los artículos impugnados vulneran los derechos fundamentales a la intimidad, la autodeterminación informativa y la salud. El criterio señala que exigir la consignación de diagnósticos, resultados de cultivos y alergias en una base centralizada, sin una ley que regule el uso de datos sensibles, representa una amenaza para la confidencialidad médico-paciente.
El dictamen indica que el decreto impone un sistema que funciona como una base de datos clínicos sensibles, operada por un tercero no sujeto al secreto profesional. Además, cuestiona la falta de mecanismos de garantía y protección para esa información.
El acceso a medicamentos también estaría comprometido
El artículo 11 del decreto impone el uso exclusivo de recetas electrónicas para acceder a antimicrobianos. Según el Colegio de Médicos, esta obligación puede poner en riesgo el acceso oportuno a tratamientos, especialmente en zonas con limitaciones tecnológicas, en situaciones de emergencia o en regiones rurales.
Desde la presentación de la acción judicial, el gremio ha insistido en que no se opone a la totalidad del reglamento, sino a los artículos que obligan a registrar datos sensibles sin respaldo legal formal.
Sin ley, no puede haber recolección masiva de datos clínicos
Para la Procuraduría, aunque la vigilancia epidemiológica puede justificar un tratamiento excepcional de datos, esto no puede convertirse en una autorización generalizada para gestionar información médica sin control ni supervisión legal. El criterio enviado a la Sala Constitucional también reconoció la legitimación del Colegio como actor en este proceso, al considerar que las normas afectan directamente el ejercicio profesional y la relación con los pacientes.
Por su parte, el Colegio reiteró su respaldo al uso responsable de tecnologías en salud, pero advirtió que ninguna herramienta digital puede imponerse en detrimento de los derechos constitucionales ni sustituir el papel del legislador.