La Procuraduría de la Ética Pública (PEP) demandó al alcalde de Pérez Zeledón, Jeffry Montoya Rodríguez, por el presunto nombramiento ilegal de su pareja sentimental, una mujer de apellidos Mena Fernández.
Montoya es investigado bajo el expediente N.° 21-000011-1773-PE por los supuestos delitos de legislación en provecho propio e incumplimiento de deberes. La Procuraduría también solicitó una indemnización de ¢5 millones más intereses y costas, como resarcimiento del presunto daño social ocasionado por el alcalde.
La PEP explicó que la investigación penal data de octubre del 2021, cuanto se interpuso una denuncia penal ante la Fiscalía al culminar una investigación administrativa.
Según la Procuraduría de la Ética, Montoya realizó varios nombramientos a su pareja sentimental en el ayuntamiento, pese a que estaba impedido de hacerlo, ya que tenía el deber de abstenerse de conocer asuntos en los que Mena estuviera implicada.
“Al señor Montoya Rodríguez se le reprocha nepotismo y conflicto de intereses”, agregó el órgano procurador.
La Nación envió mensajes al alcalde desde el miércoles 22 de noviembre para conocer su posición, pero no hubo respuesta.
Según el artículo 48 de la Ley Contra la Corrupción, el delito de legislación el provecho propio se sanciona con prisión de uno a ocho años. Este se aplica al funcionario público que participe en leyes, decretos o acuerdos que otorguen beneficios a sí mismo o a parientes hasta el tercer grado.
Por su parte, el artículo 339 del Código Penal describe el incumplimiento de deberes; detalla que será inhabilitado de uno a cuatro años el funcionario público que ilegalmente omita, rehúse hacer o retarde algún acto propio de su función, o que ilícitamente no se abstenga de realizar un trámite cuanto está obligado a hacerlo.
La investigación contra Montoya la lleva a cabo la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, sede Pérez Zeledón.
El alcalde no es candidato a reelegirse en las elecciones de febrero de 2024, debido a que lleva dos periodos consecutivos en ese puesto y la ley le prohíbe buscar un nuevo mandato.
La PEP detalló que el siguiente paso en el proceso consiste en que la Fiscalía ponga en conocimiento del imputado la querella y la acción civil resarcitoria.
El expediente deberá trasladarse al Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública para señalar la Audiencia Preliminar. En esa instancia se analizará la posibilidad de aplicar salidas alternas al proceso, el procedimiento especial abreviado o, en su defecto, realizar el examen de la acusación para determinar si se eleva el caso a juicio.