Los acreedores que pretendan cobrar una deuda en los tribunales de justicia deberán depositar, por adelantado, una tasa equivalente al 5% del monto reclamado para poder iniciar el trámite judicial. Así lo establece un proyecto de ley que se encuentra en estudio en la Asamblea Legislativa.
Dicha iniciativa indica que, en caso de que no se cubra el monto establecido, el juzgado declarará inadmisible el trámite del acreedor y dará por terminado el proceso. El texto también prohíbe expresamente que el pago de la tasa se le traslade a los deudores.
“No podemos permitir que se siga golpeando a los más humildes”, sostiene la diputada socialcristiana Melina Ajoy, una de las proponentes del proyecto en conjunto con el legislador Manuel Esteban Morales, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD).
La tasa se establecería para los procesos monitorios dinerarios, ejecuciones hipotecarias, prendarias y de garantías mobiliarias, así como en reposesión de garantías mobiliarias, embargos preventivos y procesos sumarios de cobro judicial. Las instituciones públicas quedarían exentas del requisito.
No es la primera vez que se discute un plan de este tipo en la Asamblea Legislativa. En el periodo anterior, se conoció una iniciativa del entonces diputado socialcristiano Rodolfo Peña (q.d.D.g) que proponía crear una tasa escalonada de entre el 2% y el 7% del monto reclamado.
Finalmente, el plan no prosperó luego de que la Procuraduría General de la República (PGR) advirtiera de que el planteamiento violentaba el principio constitucional de igualdad ante la ley.
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“Constituye (la tasa) una discriminación odiosa con respecto a otros ciudadanos que tienen derecho a acceder a la justicia de manera gratuita”, señaló la PGR, en agosto del 2020, con respecto al proyecto de Peña. Además, advirtió de que el texto rebasaba los alcances de la definición de tributo contenida en el artículo 4 del Código Tributario.
En esa oportunidad, el abogado del Estado alegó que, si bien el artículo 18 de la Constitución Política establece la obligación de los costarricenses de contribuir con los gastos públicos, esos fondos deben salir de los impuestos que ya financian al Poder Judicial. Por ello, consideró que la propuesta atentaba contra el acceso a la justicia.
Con respecto al nuevo texto que se encuentra en discusión, los diputados Melina Ajoy y Manuel Morales sostienen que es una forma de garantizar justicia pronta y cumplida, dada la mora judicial. Alegan que los casos de cobro absorben el 23% del presupuesto anual del Poder Judicial.
Los legisladores proponen que el dinero recaudado con el pago de la tasa se convierta en un impuesto con destino específico que permita al Poder Judicial cubrir sus gastos ordinarios y de inversión en los despachos que conocen los procesos de cobros civiles y agrarios.
Proyecto mejorado
El despacho de Ajoy sostuvo que la nueva iniciativa es “superior” a la de Peña, porque recoge las observaciones a propuestas planteadas en periodos legislativos anteriores.
Mencionó que su texto mejora el destino de lo recaudado e incluye un programa institucional de educación financiera que se pagará con el 10% de lo recaudado.
La iniciativa establece que parte del dinero recaudado sería para cubrir la operación de tribunales ordinarios o extraordinarios de cobro judicial y la asignación de nuevas plazas para reducir las listas de espera en cobro judicial, así como para el mejoramiento y equipamiento de los actuales tribunales de cobro judicial.
En la justificación del proyecto se indica que, a diario, 679 procesos de cobro ingresan los tribunales. Añade que cada uno de estos trámites cuesta ¢173.000 en promedio, lo que implica para el Poder Judicial una inversión de ¢100.000 millones anuales en gestiones de cobranza.