El presidente de la República, Carlos Alvarado, tomó una medida este martes para proteger el proyecto de ley que exigiría a los acreedores pagar una tasa cuando entablen un proceso de cobro judicial en los juzgados. Con el fin de evitar que los diputados sepultaran el texto, el mandatario lo desconvocó de la agenda legislativa.
La Presidencia comunicó este martes la desconvocatoria del expediente 22.802, “Ley creación de una tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria”, para impedir que sea archivado por segunda vez en la Comisión de Asuntos Hacendarios.
“Esta iniciativa de ley es de vital importancia para descongestionar la gran cantidad de expedientes sobre cobros judiciales de entes financieros y contribuir a los costos operativos que devenga el Poder Judicial. Ante la posibilidad de que algunos diputados y diputadas archiven este proyecto de ley, ya que anteriormente habían archivado una iniciativa idéntica, el Ejecutivo opta por desconvocar para evitar que esta importante iniciativa no prospere en la corriente legislativa”, informó la ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte.
El proyecto presentado por el Poder Ejecutivo le cobraría a los acreedores entre un 1,5% y un 2,5% de la estimación de la demanda de cobro judicial, tasa que deberán pagar a favor del Estado. “Podrá ser fijo para todos los casos o escalonado por rangos según el valor de la estimación de la demanda o del proceso cobratorio”.
“El esquema del porcentaje a cobrar deberá definirse anualmente por la Corte Plena del Poder Judicial según lo indicado en este artículo, con base en un estudio técnico y financiero que consideren la necesidad de establecer mínimo y máximos para hacer la gestión cobratoria, la estadística institucional en materia de cobro judicial, los requerimientos conforme el artículo 7 de esta ley y los resultados de la gestión cobratoria que se pretender alcanzar que justifiquen la tasa”, reza el proyecto.
La ministra Dinarte aseguró que en la comisión de Hacendarios, donde se tramita el expediente previo al dictamen, existe ánimo de archivar el expediente como ocurrió anteriormente un expediente idéntico.
La tasa sería pagada únicamente por el acreedor en monitorios dinerarios, ejecuciones hipotecarias, prendarias y de garantías mobiliarias; reposesión de garantías mobiliarias, embargos preventivos y procesos sumarios de cobro judicial.
La razón principal del proyecto es reducir la mora judicial. Datos del Poder Judicial indican que los juzgados o secciones especializados en cobros judiciales acumularon 536.846 casos al finalizar el 2017. Cuatro años antes, en 2013, los acumulados eran 348.733.
El artículo 7 del proyecto indica que los recursos recaudados “se destinarán al mejoramiento de la administración de justicia y reducción del retraso judicial, capacitación al personal del área jurisdiccional asignado a la justicia cobratoria, creación de tribunales extraordinarios de cobro judicial y asignación de nuevas plazas para la atención del retraso judicial en esta materia”.
Al mismo tiempo, servirían para el “mejoramiento del soporte logístico y tecnológico informático de los tribunales de justicia competentes en materia cobratoria, infraestructura y equipamiento de los tribunales de justicia de cobro judicial, para actividades o funciones que asigne Corte Plena para la estabilidad y mejoramiento de los juzgados cobratorios”.
La exposición de motivos del proyecto explica que, hace más de dos décadas, los costarricenses distribuían el 43% de sus gastos en servicios, el 38% en bienes no duraderos que eran principalmente alimentos, 14% en bienes semiduraderos como prendas de vestir y el 6% en bienes duraderos como electrodomésticos y automóviles.
Esas cifras variaron en la actualidad. Los consumidores ocupan más del 55% de sus gastos en servicios como Internet, telefonía, vivienda, educación y servicios de alimentación, un 31% en bienes no duraderos, 7% en bienes duraderos y 7% en bienes semiduraderos.
“Lo anterior ha provocado un aumento en la colocación de los créditos de consumo -como los destinados a la compra de electrodomésticos- y la obtención de tarjetas de crédito, que ha traído como resultado que el Poder Judicial enfrente año con año una creciente demanda en la presentación y trámite de procesos cobratorios, atendiendo, en la actualidad, un número superior al medio millón de casos”, añade la justificación.
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