La empresa Enjoy Hotels & Resorts S.A., concesionaria de terrenos estatales en Playa Panamá, Guanacaste, querelló por difamación al creador de contenido Juan Bautista Alfaro Rojas, conocido como @juambacaminando. Como parte de ese proceso judicial se dictó una medida provisionalísima que embargó dinero de las cuentas bancarias, así como otros bienes de Alfaro.
El embargo preventivo fue ante el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Pérez Zeledón y se dio tras la publicación de un video en redes sociales donde él denunció posibles daños ambientales relacionados con el megaproyecto Bahía Papagayo.

Sin haber recibido notificación oficial, Alfaro se percató esta semana del congelamiento de sus cuentas bancarias y el embargo de los recursos de los que depende económicamente, confirmó su abogado, el exdiputado Edgardo Araya Sibaja.
“Fue a sacar dinero de su cuenta y creyó que era una estafa, pero se le informó que se trataba de un embargo ejecutado. Ese es el chiste de los embargos preventivos: no te notifican. Ahorita está sin dinero”, relató Araya Sibaja.
El abogado calificó la acción como un acto simbólico de Enjoy Hotels & Resorts S. A. para ejercer poder sobre una persona, y lo consideró un intento de criminalizar la protesta social.
El embargo se aplicó sobre salario, cuentas bancarias, tarjetas de crédito y bienes inmuebles de Alfaro.
Además, se ordenó la apertura de una cuenta judicial para el depósito de garantía y la notificación del embargo a múltiples entidades bancarias.
“Esto es un ejercicio de poder duro y puro, no porque Enjoy Hotels & Resorts S. A. requiera esos bienes, sino como una forma de disuadirlo a él y a todos de seguir denunciando. El mensaje es: no se metan. Es una manera de silenciar la protesta”, insistió el abogado.
La Nación procuró este viernes comunicarse con los representantes legales de Enjoy Hotels & Resorts S. A. al bufete Business Law & Partners (BLP). El bufete indicó telefónicamente que los representantes no estaban disponibles.
También se intentó conseguir a dos de los abogados que presentaron la solicitud de embargo a sus números de celular, indicados en el sitio en línea de BLP, pero poco antes de la 1 p. m. las llamadas no ingresaban.
No obstante, se enviaron consultas a ambos por correo electrónico. Por ejemplo, por qué solicitaron embargos preventivos y si consideran proporcional la medida. Del mismo modo, si no se valoró la posibilidad de recibir críticas por este tipo de acciones.
Al cierre de la tarde, el bufete calificó de usual que cualquier parte que reclame un daño en un proceso judicial solicite un embargo preventivo en contra de la parte que supuestamente le causó ese daño. Para el bufete, es proporcional, legal y usual.
Según la firma de abogados, la empresa en ningún momento pretende limitar la libertad de expresión ni intimidar a ningún activista, mucho menos a un periodista.
“Las acciones de la empresa están motivadas en el reclamo legítimo de los daños ocasionados por manifestaciones falsas emitidas por los influenciadores” indicó por correo eléctrico.
Según la firma, hubo una difusión de información falsa y ello no constituye ni nunca ha constituido un ejercicio legítimo de la libertad de expresión ni un mecanismo válido de protesta social.
Razones de Enjoy Hotels & Resorts S. A.
La empresa alegó, en la solicitud de embargo preventivo, que las publicaciones de Alfaro contienen afirmaciones falsas que afectaron su imagen, generaron rechazo público y minaron la confianza de potenciales inversionistas.
En sus contenidos, el activista cuestionó presuntas irregularidades en los permisos ambientales otorgados por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) al proyecto Bahía Papagayo.
Según ha manifestado, el desarrollo comprometería bosques que forman parte del Patrimonio Natural del Estado, así como otras zonas sensibles como manglares, cauces de agua y humedales.
Enjoy Hotels & Resorts S. A. rechazó en la solicitud de embargo preventivo tales señalamientos y sostiene allí que el proyecto, de 116 hectáreas, estaría localizado fuera de la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Santa Rosa.
Asimismo, asegura contar con todos los permisos vigentes, incluida una viabilidad ambiental otorgada por Setena en abril de 2022, bajo la resolución N.° 0591-2022-SETENA, válida por cinco años.
Araya Sibaja indicó que, además de brindar contención al activista, están revisando la medida cautelar y en las próximas horas solicitarán el levantamiento del embargo.
Paralelamente, La Nación confirmó que Setena sí tramita actualmente una solicitud de nulidad de la viabilidad ambiental del proyecto Bahía Papagayo en el Golfo de Papagayo en Liberia (Guanacaste).

El recurso fue presentado por el activista Gad Amit Kaufman, en representación de la Asociación Confraternidad Guanacasteca, con el apoyo de la organización Salvemos el Bosque de Playa Panamá. La impugnación va dirigida contra la misma resolución N.° 0591-2022-SETENA.
La solicitud de nulidad alega múltiples violaciones a la normativa ambiental, forestal y administrativa, entre ellas, la omisión de la existencia de bosque dentro del área del proyecto.
La resolución citada, confirmó este diario, indica que, según datos del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo) del 2013, parte de las propiedades incluidas en el proyecto cuentan con “Bosque Deciduo”, “Bosque Maduro” y “Bosque Secundario”.
Además, se clasifica todo el terreno dentro de la categoría “Clase VII: manejo de bosque”.
Otras presuntas deficiencias señaladas por los denunciantes incluyen posibles afectaciones a cuerpos de agua y humedales no reconocidas en el trámite original, la ausencia de un permiso sanitario para la planta de tratamiento de aguas residuales y supuestas irregularidades en la prórroga concedida para obtener la viabilidad ambiental.
Según documentación oficial, el proyecto contempla la construcción de residencias, hoteles, condohoteles, zonas comerciales, oficinas y espacios comunes como piscinas, gimnasios y senderos. El valor estimado del desarrollo asciende a $925 millones.
En respuesta, Enjoy Hotels & Resorts S. A. defiende en el caso presentado en Setena que su actuación se sustenta en la normativa especial del Polo Turístico Golfo de Papagayo (PTGP), regulado por leyes como la N.° 6370 y la N.° 6758, que —según su interpretación— prevalecen sobre la Ley Forestal N.° 7575 por tratarse de un régimen especial de interés público para el desarrollo turístico.
La empresa argumenta que el Polo Turístico Golfo de Papagayo también es un bien demanial del Estado, al igual que los bosques del Patrimonio Natural, pero con una finalidad legalmente definida: el desarrollo turístico.
Cita además leyes y decretos que otorgan un régimen jurídico especial y excepcional al PTGP, cuya administración y regulación están a cargo del Instituto Costarricense de Turismo (ICT). El caso continúa en análisis en la Setena.