A un recluso del Centro de Atención Institucional (CAI) Marcus Garvey, en Limón, le faltaban cinco materias para finalizar la licenciatura en Administración de Empresas con Énfasis en Banca y Finanzas en la Universidad Estatal a Distancia (UNED), donde estudiaba desde el 2016. Sin embargo, en mayo pasado, cuando intentó matricular tres de esos cursos para el segundo cuatrimestre del año, la casa de enseñanza le negó la matrícula con el argumento de que los cursos serían 100% virtuales.
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Él estudiante solicitó la adaptación de los cursos a las circunstancias de privación de libertad, pero en la UNED le indicaron que dicha adaptación no era posible, por lo cual no pudo matricular.
Por esta razón, el recluso, que descuenta 22 años de prisión, acudió a la Sala Constitucional para interponer un recurso de amparo contra la Universidad. La gestión fue declarada con lugar el pasado 26 de agosto.
¿Qué ocurrió?
La Sala explicó que al reo se le negó la matrícula a pesar de que desde noviembre de 2021 se firmó el Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Justicia y Paz y la UNED, para que los privados de libertad estudien en esa institución.
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Según explicó a la Sala el rector de la UNED, Rodrigo Arias, para lograr este objetivo es indispensable que la Dirección de Adaptación Social brinde a los alumnos las facilidades de conexión o dispositivos dentro del centro penitenciario.
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La UNED y el Ministerio de Justicia deberán ponerse de acuerdo para garantizar la educación del privado de libertad.
“De lo contrario nuestra atención al estudiantado se vería perjudicada por razones ajenas a nuestro control. Podemos afirmar que escapa al dominio de la Universidad el establecimiento de facilidades tecnológicas para el estudiantado dentro de las áreas educativas en los centros penitenciarios, siendo lo anterior, parte del ámbito de acción del Ministerio de Justicia y Paz”, indicó Arias.
Por otra parte, y según una sentencia sobre una situación similar en julio del 2022, la Dirección General de Adaptación Social dijo que en el convenio con la UNED se establece que será ese centro de estudios el responsable de dotar de las herramientas tecnológicas necesarias para que las personas privadas de libertad desarrollen los procesos educativos universitarios.
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Al analizar los hechos, la Sala acreditó la vulneración a los derechos fundamentales del privado de libertad.
“Se tiene que el amparado se encuentra en una situación límite, que vulnera su derecho a la educación, pues se le inscribió en una carrera, sin que las autoridades recurridas, tanto penitenciarias como de la UNED, se pongan de acuerdo sobre la implementación de las medidas necesarias para hacer posible la continuación y culminación de sus estudios”, indicaron los magistrados.
Los altos jueces hicieron ver que, por un lado, las autoridades del Ministerio de Justicia indicaron que realizaron las gestiones pertinentes en tiempo y forma para la matrícula de los cursos que pretendía el privado de libertad. Por otro lado, añadieron, las autoridades de la UNED expresaron que la negativa de la Institución a brindar las asignaturas, “responden a razones técnico-académicas, debidamente justificadas”.
“Considera este Tribunal que existen razones para acoger el reclamo del recurrente y se ordena a las autoridades recurridas, tanto del Ministerio de Justicia como de la Universidad accionada, que establezcan las instancias de coordinación que permitan la ejecución de aquellas materias que sí se puedan realizar, en pleno resguardo del derecho a la educación y a la garantía de formación y reinserción social de los privados de libertad, que debe procurar el Estado”, establece el fallo.