
Rodolfo González, director de Telenoticias, anunció en el noticiero de este martes que un proyecto de ley que está a punto de ser aprobado en la Asamblea Legislativa “pone en peligro la subsistencia de la televisión abierta en Costa Rica”.
Se trata de una iniciativa del gobierno de Rodrigo Chaves, que cuenta con el apoyo del Partido Pueblo Soberano (PPSO), para aumentar los cánones que deben pagar las televisoras y las emisoras de radio al Estado por el uso de las frecuencias.
La reforma busca sustituir los montos fijos actuales por un canon ligado a los ingresos brutos de cada concesionario, pues la legislación vigente contempla montos que en algunos casos van de ¢100 a ¢3.000 al año.
¿Cómo se calculará el nuevo canon?
Se establecería un cobro progresivo sobre los ingresos brutos anuales:
Para la televisión:
Los concesionarios con ingresos de hasta 130 salarios base estarán exonerados.
- Sobre el exceso de ese monto y hasta 216 salarios base se cobrará un 4,39%.
- El porcentaje subirá a 6,17% sobre el exceso de 216 y hasta 1.298 salarios base.
- A partir de ese último umbral se aplicará un 7,73%.
En el caso de la radio:
- También habrá exoneración hasta 130 salarios base.
- Después se aplicará un 1,51% sobre el exceso de 130 y hasta 216 salarios base.
- Un 2,52% sobre el exceso de 216 y hasta 1.298 salarios base.
- Un 3,13% sobre el monto que supere los 1.298 salarios base.
Las empresas seguirían pagando impuesto de renta sobre las ganancias, además del canon.
El texto del proyecto define el salario base para este cálculo como el salario global mensual del puesto Administrador 1 de las clases anchas cubiertas por el título primero del Estatuto del Servicio Civil.
Canon se cobrará sobre ingresos y no sobre utilidades
El proyecto utiliza como base los ingresos brutos vinculados con la explotación del espectro. Es decir, el cálculo no parte de la utilidad que queda después de pagar salarios, producción, infraestructura, impuestos y otros costos de operación; tampoco se calcula sobre parámetros que midan el uso o el valor del espectro.
En una carta dirigida a los diputados, Televisora de Costa Rica alegó que el efecto económico puede ser desproporcionado.
Expuso que un cobro a partir de los ingresos brutos que, en su grada más alta equivalga al 7,73% de los ingresos brutos, puede absorber la mayor parte o la totalidad del resultado operativo de una empresa de márgenes bajos, aun cuando no exista utilidad, y antes del impuesto sobre la renta.
La televisora estimó que, si una empresa tiene un margen operativo del 8%, el canon consumiría toda la utilidad operativa.
El proyecto de ley exige además que los concesionarios mantengan una contabilidad separada que permita identificar los ingresos obtenidos por el uso del espectro frente a los provenientes de otras fuentes. La declaración y el pago deberán realizarse ante la Dirección General de Tributación.
Rodolfo González advierte sobre impacto en señal abierta
El director de Telenoticias alegó que ninguna otra actividad económica en el país está sometida a un pago equivalente y que no identificó en otros países un canon similar por este concepto.
Manifestó que Teletica está de acuerdo con actualizar el canon que pagan los concesionarios por utilizar frecuencias del Estado. Sin embargo, sostuvo que el monto debe definirse con criterios técnicos y razonables.
Según González, un eventual deterioro de la televisión abierta afectaría especialmente a las personas que dependen de una señal gratuita para acceder a información, acontecimientos de interés nacional y contenidos de entretenimiento, pues no pueden contratar televisión por suscripción o Internet.
Sectores con reglas particulares
Tendrían reglas particulares las personas jurídicas sin fines de lucro inscritas en el Registro de Entidades Religiosas y las entidades con declaratoria de carácter informativo, cultural o recreativo. Para calcular su base se excluirán donaciones, ofrendas, aportes voluntarios y contribuciones no comerciales.
También, quedarán exoneradas las estaciones culturales calificadas por el Ministerio de Cultura y Juventud, siempre que no obtengan ingresos comerciales por las frecuencias. La excepción incluye a las estaciones de las universidades públicas y del Ministerio de Educación Pública.
¿A dónde irá el dinero recaudado?
La reforma establece que un 50% del canon irá al Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) para tareas relacionadas con planificación y administración del espectro y seguimiento del régimen de concesiones.
El otro 50% se destinará al Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico, administrado por el Ministerio de Cultura y Juventud. Los recursos podrán financiar creación, producción, distribución, capacitación, exhibición, innovación tecnológica y preservación de obras audiovisuales costarricenses.
La iniciativa ya recibió una aprobación en primer debate el 27 de julio, con 52 votos a favor y dos en contra. Pueblo Soberano (PPSO), Liberación Nacional (PLN) y Frente Amplio (FA) respaldaron el texto.
Claudia Dobles, de la Coalición Agenda Ciudadana (CAC), y Abril Gordienko, de la Unidad Social Cristiana (PUSC), votaron en contra.
Sin embargo, el trámite cambió posteriormente. Durante agosto, el plenario aprobó un nuevo texto sustitutivo, por lo que el expediente debe completar otra vez su discusión en primer debate antes de una eventual aprobación definitiva.
