
A pocos días de que venza el plazo para que las sociedades mercantiles —como las sociedades anónimas (S.A.) o de responsabilidad limitada (S.R.L.)— inscriban un correo electrónico oficial ante el Registro de Personas Jurídicas, fijado para el jueves 4 de junio, el Congreso debate a contrarreloj un proyecto de ley para evitar que las empresas paguen hasta ¢112.000 por el trámite.
Según detalló el Registro Nacional, las firmas que no completen este requisito antes de la fecha límite enfrentarán severas restricciones a partir del 5 de junio, ya que la institución no inscribirá ningún documento relacionado con organizaciones que carezcan de una dirección electrónica registrada.
“Este procedimiento corresponde a la reforma al artículo 18 inciso 10) del Código de Comercio y a lo establecido en los transitorios I y II de la Ley N.° 10.597, así como la directriz DPJ-002-2025 publicada en La Gaceta N.° 98 del 30 de mayo de 2025″, indicó formalmente el Registro.
Choque de propuestas en la Asamblea Legislativa
Este requerimiento administrativo avanza en medio de un fuerte pulso en el Congreso debido al proyecto de ley bajo el expediente 25.094, presentado originalmente por los exdiputados Carlos Felipe García y Jorge Dengo.
El plan busca reformar la Ley N.° 10.597 para evitar que la inscripción del correo electrónico requiera una escritura pública autenticada por un notario y pretende que el trámite pueda efectuarse de forma gratuita mediante una declaración jurada del representante legal, sin intervención notarial ni firmas digitales complejas.
A pesar de que el proyecto fue aprobado en primer debate el pasado 21 de abril, su ratificación final sigue pendiente en el plenario. El oficialismo afirmó estar a favor, pero las jefaturas de las distintas fracciones legislativas proponen distintos caminos a seguir para alcanzar el acuerdo.
El jefe de la fracción oficialista, Nogui Acosta, indicó en el programa Nuestra Voz de Amelia Rueda que la diputada Marta Esquivel presentó un proyecto alterno que propone ampliar el plazo transitorio por un año más.
El jerarca advirtió, además, que el plazo del 4 de junio es muy cercano y dudó que al Congreso le dé tiempo de tramitar y publicar el proyecto original. Ante esto, se analiza la posibilidad de dispensar de todo trámite la iniciativa de prórroga o, como segunda vía, devolver el proyecto original a través del artículo 148 bis del reglamento legislativo para hacerle modificaciones expeditas.
“Si no logramos que este proyecto 25.094 entre a regir antes del plazo que es el 4 de junio, yo estaría de acuerdo con extender el plazo mientras resolvemos la situación, porque es totalmente injusto que se imponga esa carga, además desproporcionada por completo para la gran mayoría de los costarricenses”, agregó el diputado oficialista.
Una postura opuesta mantiene José María Villalta, jefe de la fracción del Frente Amplio, quien exige la aprobación inmediata en segundo debate del proyecto original de exoneración, catalogando el cobro actual de “indebido e improcedente” y rechazando la prórroga de un año por considerar que posterga un beneficio para la ciudadanía.
“Muchas veces los procesos se alargan durante meses o años porque no es posible encontrar al representante legal de una sociedad para notificarle. Bueno, con esta ley simplemente debe estar registrado un correo electrónico para hacer esas notificaciones a las personas jurídicas, y eso beneficia a todos los sectores”, amplió Villalta.
Por su parte, Abril Gordienko, representante del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) en el Congreso, reafirmó que su bancada se mantiene alineada y a favor del actual proyecto de ley original.
Actualmente, inscribir un correo electrónico cuesta, debido a los honorarios notariales, entre ¢60.000 y ¢90.000. Sin embargo, al sumar los gastos conexos, la cifra real que deben asumir los usuarios ronda los ¢112.000.
Según explicó el abogado Kendall Ruiz, ese monto incluye no solo los honorarios notariales, sino también la publicación obligatoria de un edicto en la Imprenta Nacional, requisito que —aseguró— el proyecto de ley no menciona pese a que se trata de una modificación estatutaria.
El experto explicó que este requisito no puede omitirse porque toda modificación de estatutos debe hacerse pública para resguardar a posibles terceros afectados por los cambios en la sociedad mercantil.
Como alternativa para mitigar el impacto económico, Ruiz detalló que un usuario puede “en una sola escritura incluir varios correos electrónicos de varias sociedades y tiene el mismo costo”.
