Costa Rica es uno de los dos países de América Latina que no posee regulación para la postulación simultánea a cargos de elección popular, como la presidencia de la República, vicepresidencias, diputaciones, alcaldías y otros.

Esa situación es particular, pues la mayoría de los países dispone de reglas específicas para prohibir de forma total, parcial o permitir sin restricciones la presentación de candidaturas a más de un puesto de elección popular.
El otro país de la región que tampoco posee normas de rango constitucional o legal con respecto a este tema es Uruguay.
Esas conclusiones forman parte de un artículo de análisis de Derecho Electoral elaborado por Montzerrat Marín Méndez y publicado en una revista del Tribunal Supremo de Elecciones.
El estudio pretende, según Marín, comprender cómo funciona la regulación de doble postulación a nivel internacional para considerarla de cara a desarrollar una legislación en el país.
De 18 países de América Latina analizados, 14 prohíben la postulación simultánea en todos los cargos nacionales que se eligen a través de votos. Esas naciones son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay y República Dominicana.
Los países que tienen una prohibición parcial son Perú y Venezuela. En el primero se establece que los candidatos a la presidencia de la República no pueden integrar las listas de elección de candidatos al congreso, pero los aspirantes a la vicepresidencia sí pueden hacerlo de acuerdo con el artículo 90 de la Constitución Política peruana. Mientras que en el segundo, la Constitución Política no hace referencias explícitas a la doble postulación, pero a través de una legislación sí se establecen restricciones de acuerdo al tipo de puesto.
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Solo Panamá otorga permiso total para las dobles candidaturas, ya que el Código Electoral indica que son los partidos políticos los que “determinarán en sus estatutos o reglamentos el derecho de sus miembros a ser postulados a uno o más cargos de elección popular”.
De todos los países analizados por Marín, solo en tres la regulación tiene carácter constitucional. En el resto, las normas se establecieron a través de legislaciones o jurisprudencia de la Sala Constitucional.
Solo en el caso de Costa Rica y Uruguay no hay referencias específicas ni en la Constitución Política ni en leyes.
En Costa Rica la doble postulación a la presidencia de la República y a diputaciones es utilizada con frecuencia. En el periodo legislativo actual, Fabricio Alvarado, diputado de Nueva República, llegó al cargo de esa manera, pues para las elecciones nacionales de 2022 presentó su nombre para ser presidente de la República, no alcanzó los votos necesarios para llegar a Casa Presidencial, pero sí para conseguir una curul.
Eli Feinzaig es otro ejemplo de políticos que usaron la figura de la doble postulación para llegar a un puesto de elección popular.
En total, 16 políticos aspiraron, en 2022, a la presidencia de la República y una diputación al mismo tiempo.
En el 2023, el Tribunal Supremo de Elecciones advirtió la inviabilidad de prohibir la doble postulación.
No obstante, en la actualidad hay varios expedientes de proyectos de ley para prohibir la doble postulación a cargos de elección popular en el país.
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