
El Registro Nacional de Costa Rica advirtió de que las bicimotos deben estar inscritas y tener placa con código BM, a pesar de que miles andan por la libre.
La inscripción es el paso inicial para ponerse al día con el resto de obligaciones, como el marchamo y la revisión técnica.
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Además, carecer de inscripción y de placa hace que, en caso de decomiso, los propietarios afronten mayores dificultades para reclamar sus vehículos, si no pueden probar que les pertenecen o que están en regla.
Según el Registro Nacional, la inscripción de bicimotos está contemplada en la Guía de Calificación de Bienes Muebles y conlleva el mismo procedimiento que se sigue para inscribir cualquier otro vehículo. No obstante y de acuerdo con los datos de ese ente, una gran mayoría de estos vehículos no cumplen con ese requisito legal.
“Las bicimotos siempre las hemos inscrito y se les asigna placas con la identificación BM. Actualmente, contamos con alrededor de 26.300 bicimotos registradas. Una vez inscritas, se les emite un título de propiedad, al igual que cualquier otro vehículo, como los automóviles, las motos o los de carga liviana“, indicó el Registro.
¿Cuáles son los pasos para inscribir una bicimoto?
- Cuando los vehículos se van a inscribir por primera vez, se debe aportar testimonio de escritura pública o solicitud, debidamente autenticada por la persona notaria pública, indicándose las características completas del bien.
- Hacer constar la transmisión electrónica del DUA (Declaración Única Aduanera) de importación del vehículo, salvo cuando ello no sea posible por la naturaleza del bien o su uso.
- Trasmisión electrónica de la revisión técnica.
- Transmisión del pago del derecho de circulación del año vigente.
- En el caso de exención tributaria, debe acreditarse la misma por el Departamento de Exenciones del Ministerio de Hacienda, salvo los vehículos que portan matrícula para personas con discapacidad, eléctricos y equipos especiales con exoneración objetiva.
- Cumplir con la cancelación de la totalidad de los impuestos y derechos.
Uno de los alegatos recurrentes de los usuarios de estos vehículos es la dificultad de cumplir con los documentos de importación.
De acuerdo con la información del Ministerio de Hacienda, el trámite para importación de bicimotos es el mismo que realizan los importadores de vehículos.
“Cuando se tramita el DUA de importación definitiva, el Sistema TICA genera un archivo con las variables que requiere el Registro Nacional para la respectiva inscripción”, detalló ese ente ante la consulta de este diario.
Sin embargo, según Hacienda, en el 2024 solo se importaron 206 vehículos nuevos bajo la categoría de bicimoto, propulsadas por motor eléctrico. Entre enero y mayo de este año, fueron 35.

Aunque el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) sigue sin definir cómo aplicar la regulación para estos vehículos, desde mediados de julio la Policía de Tránsito confirmó que se intensificaron los operativos para sacar de circulación motocicletas que incumplen la ley; también, se aplican sanciones a quienes circulen en este medio de transporte sin cumplir con los requisitos contemplados en la Ley de Tránsito.
El Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), también determinó desde el año pasado que las bicimotos sí están contempladas en esa norma, por lo cual deberían cumplir con portar licencia de conducir, marchamo, revisión técnica y tener inscripción.