El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cobró el servicio de agua a un grupo de casas como si fuesen grandes consumidores residenciales, señaló la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep).
El error de facturación habría ocurrido en conexiones que abastecen de líquido a más de una unidad de consumo, como ocurre en los condominio. Este tipo de servicios representa el 4,4% del total de abonados del Instituto. Muchos de estos complejos residenciales tienen la particularidad de que tienen un solo hidrómetro para todas las familias, en vez de medidores individuales.
Eric Bogantes, regulador general, explicó el error del AyA utilizando con el ejemplo de un condominio de 20 casas con un consumo total de 500 m³ de agua al mes (25 m³ por casa).
Lo correcto, dijo, era cobrar un cargo fijo de ¢2.000 más ¢6.075 por los primeros 15 m³ (a ¢405 cada m³) y un adicional de ¢8.210 por los 10 m³ restantes (a ¢821 cada uno).
El recibo por casa debía ser de ¢16.285. “Esa era la manera correcta de cobrar”, explicó Bogantes. El cobro total para el condominio habría sido de ¢325.700 entre las 20 viviendas.
Sin embargo, análisis de la Aresep revelaron que el AyA cobró los 500 metros cúbicos de agua a los condominios como un solo consumidor residencial y luego dividió el monto entre 20 casas, lo que genera un recibo de ¢58.278 por cada vivienda.
Con ese método, el Instituto facturó:
-Un cargo fijo de ¢2.000
-Los primeros 15 m³ a ¢405 cada uno, para un subtotal de ¢6.075
-Los siguientes 15 m³ a ¢821 cada uno, agregando otros ¢12.315
-Los siguientes 30 m³ a ¢1.260 cada uno, lo que añade ¢37.800
-Los siguientes 440 m³ a ¢2.212 cada uno, de manera que se suman otros ¢973.280
-Y un IVA de ¢134.091
Asi, el monto total es de ¢1.165.561 y, al dividirse entre las 20 casas del ejemplo, el recibo por vivienda es de ¢58.278 (¢41.993 más respecto al cobro correcto).
El AyA habría interpretado el consumo global de un grupo de casas como si se tratara de un “gran consumidor residencial” (otra categoría tarifaria diferente).
En otros casos, según detalló, el error radicó en la aplicación del cargo fijo y, de nuevo, en la forma como el AyA interpretó el consumo.
En los casos analizados por Aresep, indicó el regulador general, Acueductos interpretó el uso del agua según la categoría de gran consumidor y luego dividió la cuenta entre cada abonado.
En el ejemplo de las 20 casas, ese cobro implica ¢655.824 de cargo fijo, luego de cobrar el agua consumida en ¢357.000 y un IVA de ¢134.091. En tal caso, a cada vivienda le queda el recibo en ¢57.224, lo cual es ¢40.939 más respecto al cobro adecuado.
“La situación que originó los cobros tan abultados fue porque el AyA tomó esos medidores residenciales y comenzó a cobrarles con una tarifa de gran consumidor residencial o una de gran consumidor”, indicó Bogantes.
Cada vez que el consumo global del grupo de casas superaba el rango de 60 m³, se les cobraba conforme otra categoría tarifaria donde el metro cúbico se paga distinto.
Lo procedente, siguiendo el ejemplo de las 20 casas, era medirles a cada vivienda el uso del agua y luego cobrarles individualmente el consumo y un cargo fijo de ¢2.000 individual vigente por unidad de consumo.
“Esperamos que esta aclaración sea bien entendida por el AyA y que eso traiga claridad a los usuarios y al AyA sobre cómo facturar. Desde los análisis de la Aresep, nunca debió darse un cambio en la manera de facturar el cargo fijo”, concluyó.
Aresep: no existen vacíos legales
La Aresep señaló al AyA que no existen vacíos legales en la fijación de tarifas de agua.
Dicha aclaración fue remitida por la Aresep, el pasado lunes 23 de junio, luego de que el AyA le consultara si había algún tipo de incerteza legal en el método de cobro del servicio que pudiera explicar las altas facturaciones registradas, entre abril y mayo pasados, en el caso de 38.900 abonados residenciales.
El pasado miércoles, en conferencia de prensa en Casa Presidencial, Juan Manuel Quesada, jerarca del Instituto, afirmó que el aumento en los recibos obedece a una decisión de Aresep. ”Nosotros no fijamos las tarifas de agua en este país. Con toda la transparencia del mundo y viendo a los costarricenses a la cara, esa es la verdadera realidad”, aseveró.
La última parte de la afirmación de Quesada es correcta, pues el AyA está regulado por la Aresep y sus fijaciones tarifarias. Sin embargo, conforme la explicación que dio la entidad reguladora, el problema de facturación no sería originado por aspectos tarifarios.
En mayo pasado, tras los cambios registrados en la facturación, Quesada envió consultas a la Autoridad relacionadas con el cobro del cargo fijo por unidad de consumo (casas y comercios, por ejemplo). Los montos de esta variable no han sido ajustados desde agosto del 2023, cuando se emitió la última fijación tarifaria ordinaria de oficio para Acueductos.
No obstante, el jerarca preguntó si existía una “incerteza de aplicación” por el cargo fijo y cómo aplicarlo en servicios que abastecen de líquido a más de una unidad de consumo (casas en un condominio, por ejemplo).
Específicamente, quería confirmar si debía cobrar el cargo por cada unidad habitacional y, de existir una laguna jurídica, cómo se debía establecer la facturación a futuro y retroactivamente.
LEA MÁS: AyA adquirió carro de casi $93.000 para presidente ejecutivo
Al respecto, la Autoridad señaló que el cargo fijo se cobra por cada unidad de consumo y que es técnicamente procedente. También aclaró que no hay vacío o laguna normativa, pues la forma de cobro se fijó en 2023 en la resolución RE-0014-IA-2023, la cual indica que el cobro es por unidad de consumo.
Según explicó el regulador general, Eric Bogantes, el “grave error” de interpretación se deriva de la forma como se aplicó el cargo fijo en unos casos y, además, por otra situación ligada a una segunda consulta del AyA, sobre la categoría a la que pertenecen los usuarios con cobros sustanciales. Aresep todavía tramita la respuesta a esa consulta.
Bogantes reiteró que el problema de facturación surgió de una “interpretación errónea” del AyA sobre cómo debía cobrar el cargo fijo y cómo categorizó ciertos consumos.
La Aresep no modificó tarifas, pero en marzo sí ajustó parcialmente una estructura tarifaria para las categorías de “Grandes Consumidores Residenciales” y “Grandes Consumidores Residenciales de Bien Social”.
Sin alterar los montos económicos por uso de agua, amplió los bloques de consumo: de rangos como 0 a 519 metros cúbicos de agua (m³) se pasó a nuevos bloques de 0 a 2.500 m³, de 2.501 a 6.000 m³, y de más de 6.001 m³.
El objetivo del ajuste era corregir un “efecto incremental no deseado en la facturación”, según se indica en la resolución RE-0008-IA-2025, del pasado 5 de marzo.
Bogantes indicó que el Instituto cometió un “grave error” de interpretación en los cobros después de que entrara en vigencia ese cambio en los bloques.