
Un tribunal federal de apelaciones en Estados Unidos declaró inconstitucional la orden ejecutiva impulsada por el expresidente Donald Trump para eliminar la ciudadanía por nacimiento. La decisión refuerza un fallo previo de una instancia inferior que bloqueó la implementación de la medida en todo el país.
El decreto presidencial pretendía restringir la ciudadanía automática a hijos de migrantes con residencia temporal, como solicitantes de asilo o personas con visas temporales, así como a quienes se encontraban en situación migratoria irregular.
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito señaló que el decreto contradice el texto de la 14.ª Enmienda de la Constitución, que garantiza la ciudadanía a todas las personas nacidas en territorio estadounidense y sujetas a su jurisdicción. Esta enmienda ha estado vigente por más de 150 años.
Los magistrados concluyeron que la decisión del juez federal con sede en Seattle, que había suspendido la medida como parte de una acción colectiva, no representaba un abuso de poder. La corte consideró que la orden judicial universal otorgaba una solución completa a los estados afectados.
Aunque la Corte Suprema de Justicia, de mayoría conservadora (6 contra 3), evitó pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto, sí cuestionó el uso generalizado de medidas cautelares universales por parte de jueces de distrito. A pesar de ello, el máximo tribunal dejó abierta la posibilidad de que acciones colectivas puedan frenar políticas del Poder Ejecutivo.
En este contexto, un juez federal otorgó la categoría de acción colectiva a todas las personas menores de edad que pudieran ser afectadas por la orden presidencial. Esto derivó en una suspensión preliminar mientras se resuelven los procesos judiciales en curso.
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