El Tribunal Contencioso Administrativo anuló la resolución del gobierno de Rodrigo Chaves que, el 18 de mayo del 2022, levantó la restricción de importar aguacate Hass de México y otros ocho mercados. El fallo obedece a que el Poder Ejecutivo tomó la decisión sin la debida fundamentación técnica.
El estrado declaró parcialmente con lugar una demanda interpuesta contra el Estado por la Cooperativa Agrícola Industrial de Productores de Frutas de Altura de los Santos (Frutalcoop).
La sentencia 2025007125, del pasado 16 de julio, anula la orden DSFE-004 2022, del 18 de mayo del año 2022, emitida por la Dirección Ejecutiva del Servicio Fitosanitario del Estado.
Los jueces concluyeron que la Administración se basó en consideraciones técnicas y jurídicas sumamente escuetas e imprecisas.
El Tribunal instruyó al Servicio Fitosanitario a hacer un nuevo estudio técnico sobre Mancha del Sol o ‘Sun Blotch’ en el aguacate, principalmente el mexicano.
La Nación solicitó una posición a Nelson Morera, director del Servicio Fitosanitario, pero al cierre de este artículo no hubo respuesta.
Este casi se remonta al 2015. En aquel año, Costa Rica restringió la importación de aguacate Hass debido al virus de la Mancha del Sol. La medida impactó principalmente al producto traído desde México, al tratarse el principal productor.
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El gobierno mexicano presentó un reclamo contra el país ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
En abril del 2022, la OMC determinó que Costa Rica violentó las reglas del comercio internacional cuando, en el 2015, la administración de Luis Guillermo Solís dejó de emitir permisos para la importación de aguacate Hass desde México (principal productor mundial) y de otros ocho países productores.
Tras varios años de análisis, el panel de la OMC consideró como un objetivo legítimo proteger al país de una plaga, pero recomendaron a Costa Rica modificar las medidas establecidas por aspectos relacionados con el análisis de riesgo de plagas y los procesos de vigilancia y verificación de plagas, al concluirse que la fundamentación científica de las medidas era insuficiente.
El abogado de la cooperativa demandante, Francisco Dall’anese Álvarez, comentó que, aunque la sentencia les da la razón, aún no está en firme, pues tanto su representada como el gobierno pueden apelar el fallo.
“El Tribunal pide una medida apegada a la ley, es decir, que todas las medidas fitosanitarias se basen en ciencia y técnica. La Administración (el gobierno) tiene la libertad para hacer un nuevo análisis de riesgo y plagas; puede mejorarse. Si se hiciera en este momento, el resultado no sería de restricción, sino de prohibición por el alto impacto de la plaga en México”, dijo Dall’anese.
Según el abogado, quien fue director del Servicio Fitosanitario, el virus de la Mancha del Sol ha arrasado plantaciones de aguacate en México.
“Ahora todo queda en manos de la Administración, pero les anula la resolución y les ordena hacerlo todo correctamente. Ahora, hasta que quede en firme (la sentencia) sí se podrá importar aguacate”, apuntó.
