El equipo técnico de la Superintendencia de Pensiones (Supén) propuso elevar de 25 años a 30 años el periodo mínimo de cotización para pensionarse por vejez con el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
La medida impulsada por la entidad supervisora planteó subir de 300 a 360 el número de cuotas necesarias, sin modificar la edad de jubilación por vejez, por lo que los trabajadores seguirían pensionándose a los 65 años.
Hermes Alvarado, jerarca de la Supén, indicó que el objetivo de la reforma es ampliar las cuotas para “consolidar el derecho a la pensión del IVM”.
Según el análisis técnico de la Superintendencia, la aplicación de esta medida aumentaría la sostenibilidad del régimen, pero implicaría que las personas trabajen más años y que su pensión disminuya.
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Esta propuesta forma parte de las 36 iniciativas que resultaron del Proceso Nacional de Diálogo de Pensiones, liderado por la Superintendencia y que contó con la participación de más de 160 voces expertas. Todas fueron presentadas el pasado 27 de junio.
Ese día, se le entregó a la diputada Andrea Álvarez, presidenta de la Comisión legislativa de Asuntos Sociales, y a Jaime Barrantes, gerente de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), un documento oficial con el QR que contenía la información de todas las propuestas.
Según el sitio web del Diálogo de Pensiones, “una vez formuladas las propuestas, estas se presentan ante los órganos legislativos, y se brinda acompañamiento para garantizar su implementación”.
Trabajar más años y tener una pensión menor
De acuerdo con la propuesta impulsada por la Superintendencia, la idea es establecer que, para recibir una pensión completa, los trabajadores tienen que haber cotizado al menos 360 cuotas, lo cual podría “incentivar” a las personas a trabajar más años.
El incremento en la cantidad de aportes tendría un efecto según la condición de cada trabajador. Los contribuyentes con una vida laboral más estable no enfrentarían un cambio tan significativo.
Por ejemplo, una persona de 46 años y 294 cuotas, a los 65 años, tendría 522 cuotas, con lo cual el cambio en el requisito de contribución no le afectaría. Sin embargo, un trabajador que llegue a los 65 años y tenga 300 cuotas deberá hacer 60 aportes adicionales para jubilarse por vejez.
El Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial (Sitrajud), que participó en la mesa de diálogo, afirmó que no ve objeción en la propuesta, “siempre y cuando sea absolutamente voluntaria la decisión de la persona trabajadora de hacer ese esfuerzo adicional”.
Sin embargo, argumentó que no respaldaría la iniciativa en caso de que sea una reforma obligatoria, pues se “condenaría” al trabajador a cotizar más años. El Poder Judicial tiene su propio fondo de retiro, pero el requisito de edad de jubilación es el mismo que en el IVM.
La observación de este sindicato consta en el documento que expone las alternativas de abordaje del diálogo nacional de pensiones, publicado por la Superintendencia en junio pasado.
Por su parte, el panel técnico señaló, en ese documento, que con la iniciativa se espera que el monto de la pensión disminuya, porque se estaría considerando un historial salarial más largo, lo cual reduce el salario de referencia.
Los representantes de la Universidad Nacional (UNA) que participaron en el diálogo consideraron que las medidas que se apliquen deberían de regir para los nuevos cotizantes. “Esto garantiza la justicia y el debido derecho de las prestaciones que fueron establecidas al ingresar como cotizante”, indicaron.
Ante una observación del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), el panel técnico apuntó: “Las trayectorias laborales interrumpidas y los menores salarios que enfrentan muchas mujeres pueden dificultar el cumplimiento de este nuevo requisito, por lo que deben evaluarse medidas compensatorias que reconozcan el trabajo de cuido no remunerado y garanticen mayor equidad en el acceso a una pensión completa”.
Aumentaría sostenibilidad del IVM
Según el comentario del panel técnico, la propuesta de incrementar el número de cotizaciones a 360 podría mejorar la solvencia del fondo, “mediante un incremento en los ingresos por cotizaciones”.
El régimen de pensiones del IVM enfrenta un déficit actuarial de ¢74,6 billones, lo que compromete su capacidad para financiar las jubilaciones futuras.
El sistema entrará en una fase crítica a partir del 2035, cuando los ingresos por cotizaciones no serán suficientes para cubrir los egresos del fondo. Esta situación provocará el agotamiento de la reserva en el año 2047. En ese momento, según lo estipula la Constitución Política, el Estado deberá asumir el déficit financiero.
Tal deterioro del sistema se proyecta en la Valuación Actuarial del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), con fecha al 31 de diciembre del 2022, elaborada por la Dirección Actuarial y Económica de la Caja.
Jaime Barrantes, gerente de Pensiones de la CCSS, dijo a La Nación que la institución aún no ha valorado aplicar un ajuste en la cotización, como se propuso en el Diálogo de Pensiones convocado por la Supén.
“Estamos viendo los temas más estructurales, previo a ver ajustes parámetros (...) como el rebalanceo de las cuotas a la seguridad social, y ver la pensión (del IVM) de manera integral dentro del Sistema Nacional de Pensiones”, afirmó Barrantes.
La propuesta desde la Gerencia de Pensiones de la CCSS, confirmó, es hacer una redistribución de cargas sociales de los patronos hacia el IVM.
“No decimos que el 7% (de aporte patronal) pase a pensiones, sino que sea al menos la mitad en una gradualidad”, dijo durante la presentación de las propuestas para fortalecer el sistema de pensiones del país.
Las contribuciones a las cuales se refiere Barrantes son las dirigidas al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
Según datos de la Caja, a abril del 2025, el IVM contaba con 1,78 millones de trabajadores cotizantes y 95.584 patronos.
La cantidad de cuotas
Antes y después de la reforma que entró en vigencia en enero del 2024, el régimen del IVM otorgaba “la pensión normal” al cumplir con al menos 300 cotizaciones.
Sin embargo, previo a dicha reforma, la pensión se calculaba sobre 240 cuotas, y por cada cotización adicional, hasta alcanzar las 300, se sumaba un 0,0833%. “Esto significaba que se bonificaba la pensión en un 4,998% solo por cumplir con las cotizaciones mínimas requeridas para el retiro normal”, se explicó en el documento con las alternativas de abordaje planteadas en el diálogo.
Con la entrada en vigencia de la reforma en mención, esta situación fue resuelta, ya que en la actualidad la pensión se calcula directamente sobre las 300 cuotas.
