
La Cámara de Bancos e Instituciones Financieras, la Asociacón Bancaria Costarricense (ABC) y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) se refirieron al proyecto de ley 24.616, que fue dictaminado afirmativamente este martes 2 de junio en la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa.
El expediente Ley de Protección del Consumidor de Servicios o Productos Financieros daría al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) potestades para supervisar y cerrar entidades financieras.
La Cámara de Bancos, la Asociacón Bancaria Costarricense y el Conassif coincidieron en que la reforma legal generaría duplicidades respecto a las labores hechas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
La Cámara advirtió que el texto aprobado “tal y como quedó redactado” presenta “serias deficiencias” que, a su criterio, impedirían brindar dicha protección.
“En ese sentido, esperamos que en la Asamblea Legislativa se abran los espacios para hacer un análisis y las mejoras que requiere este proyecto”, indicó la Cámara a La Nación.
La organización también criticó que la iniciativa otorgue al MEIC potestades de supervisión que, según afirmó, duplican y se superponen con funciones que actualmente corresponden a la Sugef.
La ABC recalcó que la Superindencia es el órgano técnico en materia financiera, contario al MEIC.
“Para la definición de las multas, el proyecto utiliza como parámetro un porcentaje sobre el patrimonio. Dado el tamaño del patrimonio de las entidades financieras, este es un parámetro que genera una vulneración del principio de razonabilidad y proporcionalidad”, subrayó la entidad.
Además, criticó que el canon previsto para las entidades supervisadas, de hasta un 1% de los ingresos brutos, para cumplir con las obligaciones propuestas, equivale a 144 veces el presupuesto que destinó el MEIC en el 2023.
“El proyecto otorga atribuciones muy amplias al MEIC que deja espacio para una gran discrecionalidad, e incluso arbitrariedad a este órgano. Esto implica un riesgo de coadministración y de excesos en la regulación”, según la Asociación.
El Conassif también externó observaciones sobre el expediente legislativo.
Según su oficina de prensa, el ente opinó y brindó observaciones especialmente relacionadas con que podría generar superposición de funciones con órganos reguladores y supervisores financieros, además de que provocaría inseguridad jurídica en las potestades reguladoras y supervisoras.
Durante la discusión en comisión, el diputado oficialista Antonio Barzuna reconoció que el proyecto requiere modificaciones y adelantó que se presentaría un texto sustitutivo durante el trámite en el Plenario Legislativo.
Ante ello, el Conassif espera recibir nuevas consultas para brindar su opinión correspondiente.
La Nación consultó a la Sugef respecto al dictamen; sin embargo, al cierre de edición las respuestas seguían en trámite.
No obstante, a finales de noviembre de 2024, las cuatro superintendencias financieras —Sugef, Supén, Sugese y Sugeval— manifestaron su “oposición total” al expediente 24.616, mediante un criterio remitido a la Asamblea Legislativa.
El documento fue firmado por Rocío Aguilar, entonces jerarca de la Sugef y Superintendencia de Pensiones (Supén), así como por Tomás Soley, jerarca de la Superintendencia General de Seguros (Sugese) y la Superintendencia General de Valores (Sugeval).
“El proyecto de ley consultado (...) lejos de mejorar la protección al consumidor genera importantes riesgos y un costo económico significativo”, advirtieron las superintendencias en ese momento.
¿Qué propone el proyecto?
En su exposición de motivos, la iniciativa indica que su propósito es defender los derechos de los consumidores financieros y supervisar la conducta comercial de los actores del sector bajo la gestión del MEIC.
Sin embargo, la iniciativa plantea otorgar al MEIC potestades para efectuar el cierre parcial o total de operaciones de entidades financieras e, incluso usar Fuerza Pública para ejecutar la medida.
Además, le daría acceso a los datos confidenciales de los deudores del Centro de Información Crediticia (CIC), administrado por la Sugef.
También crea una nueva tarifa a favor del MEIC, de regulación y supervisión, equivalente al 1% del patrimonio de las entidades bajo su vigilancia.
Adicionalmente, la iniciativa plantea la obligatoriedad para proveedores financieros de cumplir una serie de requerimientos a nivel de conducta comercial, tales como abstenerse de hacer cobros no pactados o comisiones no autorizadas.
