El gobierno de Panamá anunció este jueves que decidió apelar ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) el fallo favorable a Costa Rica en el proceso de demanda por las trabas, principalmente, al comercio de la leche, aunque la lista completa incorpora unos 10 productos.
“Tras el análisis, Panamá considera que las recomendaciones no protegen adecuadamente sus intereses y derechos. En consecuencia, ha decidido apelar el informe, ejerciendo su soberanía y derecho legal, con el objetivo de asegurar un análisis jurídico adecuado del dictamen, conforme a los procedimientos establecidos por la OMC”, refiere un comunicado del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) de Panamá.
A inicios de diciembre pasado, un panel de expertos de la OMC falló a favor del país a en la demanda contra Panamá por las restricciones impuestas a las exportaciones de productos costarricenses. El Grupo Especial del organismo multilateral recomendó a Panamá ajustar sus medidas a las obligaciones que le corresponden en virtud del Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.
Manuel Tovar, jerarca del Ministerio de Comercio Exterior (Comex), aseguró que no hay mérito para la presentación de una apelación.
Tovar explicó que el mecanismo ordinario de apelación de la OMC no está funcionando por la falta de miembros. “Una apelación bajo esta instancia perpetúa la solución del caso, llevándonos a un limbo jurídico”, advirtió en declaraciones a La Nación este martes.
El ministro también indicó que Costa Rica estaría dispuesto a considerar una reclamación expedita mediante un acuerdo bilateral. La Nación consultó al Comex sobre la confirmación del alegato presentado por Panamá y está a la espera de una respuesta.
En su comunicado, el gobierno panameño reafirmó su compromiso con el derecho internacional y su disposición para resolver diferencias con sus países vecinos, “particularmente con la República de Costa Rica, de manera constructiva y respetuosa, como lo ha demostrado a lo largo de los años”.
Además, subrayó que la apelación no interfiere en su voluntad de continuar buscando soluciones consensuadas que beneficien a ambas naciones. Este medio solicitó conversar con un vocero del Ministerio panameño sobre la decisión de la apelación, en respuesta, la oficina de comunicación de la entidad respondió que “hasta este momento no hay nada más que agregar sobre el tema, salvo lo que se difundió en el comunicado”.
Tovar confirmó que, tras el fallo de la OMC, han sostenido conversaciones con las autoridades panameñas para manifestarles que no existe fundamento para el reclamo. También expresó que lamentaría que se recurriera a un proceso ordinario, ya que quedaría en un vacío legal. Asimismo, les comunicaron que, si decidían apelar el fallo, lo hicieran de buena fe mediante un proceso expedito con fechas claras que brinden certeza sobre su resolución final.
Panamá impuso restricciones a 10 productos costarricenses desde 2019. Ante la falta de respuesta de las autoridades panameñas, Costa Rica solicitó en agosto de 2021 la creación de un grupo especial ante el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC.
Desde enero de 2019, Panamá comenzó a restringir la entrada de piña fresca, y en octubre del mismo año amplió las trabas al banano y el plátano, alegando motivos fitosanitarios. En febrero de 2020, añadió restricciones a las fresas por razones similares.
En junio de 2020, la lista se amplió cuando Panamá no renovó los permisos sanitarios para plantas procesadoras de productos lácteos, cárnicos de origen bovino y porcino, embutidos de origen bovino, porcino y avícola, alimentos para peces y mascotas (perros), entre otros.
El grupo especial del OSD, presidido por el chileno Mario Matus, se constituyó oficialmente en enero de 2022. En junio de 2023, informó que el inicio de sus labores se retrasó por la falta de personal hispanohablante.
Según la normativa, el análisis y el informe definitivo deberían emitirse en un plazo de seis meses, o en su defecto, debe informar sobre las razones del retraso. Sin embargo, la OMC comunicó el 16 de octubre de 2023 que esperaba emitir el informe definitivo a finales del tercer trimestre de 2024.
El fallo, publicado el pasado 5 de diciembre, consta de 392 páginas. En sus conclusiones, aplica el principio de economía procesal y respalda los alegatos de Costa Rica sobre las restricciones impuestas a la exportación de fresas, productos lácteos y cárnicos, piña, plátano y banano.
