Tras la implementación del sistema Tribu-CR, se han detectado inconsistencias en el cálculo de los intereses que deben pagar los contribuyentes al concluir un procedimiento de fiscalización.
En estos supuestos, por disposición legal, el cálculo de intereses debe suspenderse durante el tiempo que las autoridades tardan en atender cada una de las etapas del procedimiento; sin embargo, el sistema actual no realiza ese cálculo correctamente.
Para dar más contexto al tema, es importante señalar que, por disposición del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, durante la tramitación de todos los procesos de fiscalización las autoridades tributarias deberían cumplir con plazos máximos para revisar toda la prueba de descargo y los argumentos que cada contribuyente ha presentado en cada etapa del proceso y emitir las resoluciones correspondientes.

A modo de ejemplo, el Tribunal Fiscal Administrativo cuenta con un plazo máximo de seis meses para resolver el recurso de apelación contra la resolución final que impone el pago de impuestos o estipula una sanción por los incumplimientos demostrados en el procedimiento de fiscalización.
Si el Tribunal se extiende por un plazo mayor a los seis meses, la normativa señala que no se deben sumarse intereses por el tiempo adicional que haya requerido el Tribunal para emitir su resolución definitiva.
En la realidad de las cosas, es frecuente que las autoridades deban destinar más tiempo al estipulado en la normativa para atender cada etapa, por lo que la suspensión del cálculo de intereses ha sido un tema común y pacífico durante años anteriores.
Sin embargo, hoy el sistema Tribu-CR no excluye esos períodos de atraso y muestra un monto total de intereses sin considerar los lapsos en los que no debería generarse ningún cobro.
Este tema ya ha sido advertido por las autoridades; sin embargo, aún no se ha hecho el ajuste en los sistemas para evitar el error. Como medida temporal, cada contribuyente deberá revisar su caso particular y solicitar la corrección manual del monto de intereses cuando corresponda, de modo que el total por pagar sea coherente con lo estipulado en la normativa legal vigente.
Este tipo de ajustes suele surgir tras la implementación de cambios importantes en sistemas; sin embargo, obliga a los contribuyentes que enfrentan procesos de fiscalización y gestionan pagos fiscales a reforzar sus revisiones.