Tras casi dos años de vigencia, el Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético de Costa Rica tiene un único producto participante, pero las autoridades del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) prevén una pronta activación de procesos en sectores y empresas que ya crearon Reglas de Categoría de Producto con este fin: café verde, eventos, productos de panadería y mezcla asfáltica.
El producto que ya cuenta con etiqueta ambiental es el agua embotellada Cristal, de la empresa Florida Ice, Farm & Co. (Fifco). María Pía Robles, directora de Relaciones Corporativas de Fifco señaló que el próximo año se sumará la marca Imperial.
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“El sello ambiental nos permite rendir cuentas sobre años de esfuerzos en la disminución de emisiones de carbono y consumo de agua en el proceso productivo de Agua Cristal, la implementación de un modelo de economía circular y el rediseño con hasta 20% menos plástico en botellas hechas a base de materiales 100% reciclados. Agua Cristal es el primer producto en contar con la etiqueta”, puntualizó Robles.
La identificación de Cristal es tipo III, que de acuerdo con la definición de la Organización Internacional para la Normalización (ISO), se otorga a aquellos productos que declaran sus principales impactos ambientales en aspectos como agua, suelo, aire, provenientes de un análisis de ciclo de vida que incluye todas las etapas relevantes de su cadena de valor.
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Contar con una etiqueta tipo III es diferente de ser un producto sostenible: el etiquetado lo que permite es tener a mano información verificada sobre sostenibilidad, disponible en la misma etiqueta o ampliada en un sitio web y explicada en términos sencillos.
Así, quien vaya a comprar puede tomar decisiones más apegadas a sus principios de consumo, pues se le facilita comparar datos relevantes entre productos de la misma categoría.
Las normas internacionales incluyen tres tipos de etiqueta: Tipo 1: Basada en el cumplimiento de normas ISO. Corresponde a un sello. Tipo 2: Son autodeclaraciones. Corresponden a un sello. Tipo 3: Basada en análisis del ciclo de vida y normas ISO. Corresponde a una declaración con información ambiental.
En el país se está trabajando en los etiquetados ambientales tipo I (sello) y tipo III (declaración ambiental). El tipo II es viable pero está fuera de los planes de promoción en el país, porque tiene poca credibilidad internacional.
Shirley Soto Montero, directora de gestión de calidad ambiental (Digeca), del Ministerio de Ambiente y Energía, explicó que el objetivo principal del programa de etiquetado es contribuir en la implementación de la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible y la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables.
“Para la incorporación de un producto o servicio dentro del programa y que se les permita el uso de las etiquetas ambientales o energéticas Tipo I, que son propiedad del Minae, debe haber cumplido con algunos requisitos como: tener un desempeño superior en los criterios ambientales o energéticos, sustitución de sustancias peligrosas si las hubiese, incorporación de pruebas para demostrar la conformidad y una garantía de los productos”, relató Soto.
En el caso de las etiquetas ambientales ya aprobadas, para la empresa Distribuidora La Florida S. A. que corresponden al Etiquetado Ambiental Tipo III, por transparencia del proceso y suministro de información al consumidor, se ha dispuesto en la página web de la Digeca, los datos más relevantes, tanto de aspectos técnicos de la evaluación, como de la documentación oficial con la cual se culminó el proceso otorgamiento de usos de las etiquetas, añadió Soto.
Esta información incorpora aspectos como: la declaración de verificación de huellas ambientales por parte del ente certificador, la regla de categoría de producto utilizada y aprobada por el Ente Nacional de Normalización, los resultados de las huellas ambientales, entre otros.
La implementación de este programa contribuye al cumplimiento de compromisos internacionales como los Objetivos de Desarrollo Sostenibles, en especial el objetivo No. 12 que refiere específicamente a la producción de consumo sostenibles, también se encuentra acorde con las recomendaciones de mejora en gestión ambiental, solicitadas por Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), donde específicamente, se solicitó que se adopten normas y estándares internacionales de mejores prácticas y directrices de producción y consumo más sostenible”
— Shirley Soto Montero, Digeca
Los que vienen
A setiembre de 2021, Fifco era la única empresa incorporada al programa de Etiquetado Ambiental, sin embargo, el Minae espera acciones a corto plazo en los sectores y empresas que ya conformaron uno de los requisitos iniciales para participar en el programa: las Reglas de Categoría de Producto (RCP). Ya están definidas para café verde, eventos, productos de panadería y mezcla asfáltica.
Para obtener una etiqueta ambiental, lo primero que debe hacer una empresa es determinar cuál producto o servicio aplicará y el tipo de etiquetado que se desea obtener (tipo I o tipo III)
Del tipo de etiqueta dependerá la organización que debe contactar: un organismo certificador (Etiquetado tipo I) o verificador/validador (Etiquetado tipo III) acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), para obtener la evaluación de tercera parte.
Una vez obtenida la declaración correspondiente, se puede solicitar el derecho del uso del etiquetado elegido. Para esto se debe completar un formulario disponible en el sitio web de Digeca y aportar los documentos o requisitos solicitados en él.
También es indispensable estar al día con impuestos y cuotas obrero patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, contar con personería jurídica vigente con no más de tres meses de expedida o fotocopia de la cédula de identidad del responsable de la organización, según corresponda. Otros requisitos son: permiso sanitario de funcionamiento, certificado de operación (cuando aplique), declaración jurada de cumplimiento de la normativa legal ambiental y sanitaria y copia de la Certificación de Cumplimiento (Etiquetado tipo I) o del Documento de Verificación de Cumplimiento (Etiquetado tipo III).
Metas |
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Los objetivos específicos del Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético se estipulan en el artículo 2 del acuerdo 006-MINAE-2019 y son los siguientes: |
2.1- Promover en todo el territorio nacional el etiquetado ambiental y energético. 2.2- Poner a disposición de los interesados un instrumento que ayude a los consumidores, las empresas e instituciones de la Administración Pública en la selección de productos o servicios con un mejor desempeño ambiental y energético. 2.3- Establecer las condiciones mínimas de uso de las etiquetas ambientales y energéticas de Costa Rica. 2.4- Definir los procesos internos del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) para la gestión del etiquetado ambiental y energético. 2.5- Evitar la proliferación de iniciativas de etiquetado ambiental y energético no oficiales de productos a nivel nacional, que puedan confundir al consumidor final. 2.6- Establecer convenios con otras iniciativas internacionales de etiquetado ambiental y energético, con el fin de lograr la homologación de las etiquetas nacionales en otros países. 2.7- Establecer alianzas con países de América Latina y el Caribe para el establecimiento de etiquetas ambientales y energéticas regionales.” |
Fuente: Digeca, Minae |