Finanzas

Impuestos en servicios de construcción

El beneficio de tarifa gradual del IVA se otorga solo a los servicios y no a los materiales

EscucharEscuchar

Una duda que se ha generado a partir de la aplicación de las reglas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es la siguiente: Si bien la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas contiene el transitorio V, mediante el cual se otorga un tratamiento especial de tarifa gradual a los servicios de construcción, ¿esos servicios de construcción de obra civil comprenden los materiales que se utilizan para realizar dichas construcciones? La duda es razonable y de gran interés tanto para las empresas constructoras como para quienes contratan esos servicios de construcción.








En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.