El Colegio de Contadores Públicos ofrece ayuda a los contribuyentes, especialmente pequeñas y medianas empresas (pymes), para despejar dudas sobre la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta, y pago del tributo si corresponde, plazo que vence el próximo 15 de marzo.
Para ello, el Colegio tendrá kioscos virtuales, por medio de Facebook Live, el viernes 25 de febrero y jueves 3 de marzo del 2022, a partir de las 9:00 a. m., donde profesionales en materia fiscal evacuarán gratuitamente las dudas de los contribuyentes.
También, para ayudar a los contribuyentes con sus consultas, la Dirección General de Tributación informó, el 1°. de febrero pasado, de que habilitó la plataforma Travi Chatbot, una nueva opción denominada “devolución de llamada”, que le permitirá a un funcionario del call center de Tributación contactar al contribuyente vía telefónica.
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Además, este miércoles 23 de febrero a las 3:30 p.m., en el programa Huella CPA transmitido por el Facebook del Colegio de Contadores Públicos, se estará hablando de la deducibilidad de costos y gastos.
Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos, explicó, mediante un comunicado, que el impuesto sobre la renta se calcula utilizando los ingresos totales a los cuales se les resta los gastos incurridos necesarios e indispensables para generar esos mismos ingresos y al resultado neto se le aplica la tarifa del impuesto. La declaración se presenta por medio del formulario D-101, Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta.
Para este año, según había informado este diario, hay al menos tres novedades que las empresas deben tomar en cuenta: empieza a regir el límite de 30% a la deducción de intereses de préstamos otorgados por entidades no supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef); también entra a regir la aplicación de asimetrías híbridas, y muchas micro y pequeñas empresas inscritas ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), o ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), aprovecharán un pago menor del tributo.
Las asimetrías híbridas, define la Ley 9635, se refieren a aquellas divergencias existentes en cuanto a la clasificación o el tratamiento fiscal de una entidad o de un instrumento financiero con arreglo al ordenamiento jurídico costarricense y al de las demás jurisdicciones involucradas, a partir de las cuales se generan situaciones de doble no imposición.
Por ejemplo, había explicado Smith, la casa matriz le envía dinero a una subsidiaria en Costa Rica. Eso podría ser un aporte de capital o un préstamo y cada uno tiene tratamiento fiscal diferente. Entonces, ambas deben registrarlo igual.
Por su parte, a las micro y las pequeñas empresas inscritas ante el MEIC o el MAG, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas les definió una nueva escala de tarifas a partir de su primer año de operaciones.
Según la ley, estas empresas no pagan nada de impuesto en el primer año de actividades comerciales, 25% en el segundo año y 50% en el tercer año. La reforma al Reglamento del Impuesto sobre la Renta aclaró que es a partir del inicio de operaciones de la empresa. De esta forma, algunas empresas, que ya venían operando, aprovecharon el primer tramo en el periodo fiscal especial de 15 meses del 2020 (no pagaron el tributo) y aprovecharán el segundo tramo (paga el 25% del impuesto determinado) en el periodo fiscal 2021.
Algunas recomendaciones
Para este cierre fiscal el Colegio recomienda a los contribuyentes revisar los estados o reportes financieros, en lo que respecta a sus cuentas de ingresos y gastos y de la naturaleza de la deducibilidad de estos según el tipo de empresa, según lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Además, considerar el tope de las donaciones. La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas introdujo cambios en materia de donaciones, entre ellos, un tope de 10% de la renta neta calculada del contribuyente donante, sin tomar en cuenta la donación y además estableció que las donaciones en especie se tasarán a su valor de mercado.
También asegurarse de mantener todos los documentos físicos o digitales que respalden cada una de las transacciones efectuadas durante el periodo.
Si el contribuyente quiere asesorarse con un contador público autorizado o una firma de contadores, puede verificar los que están inscritos en el Colegio de Contadores Públicos, en la página web: www.ccpa.oc.cr.