La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) autorizó a Román Macaya, presidente ejecutivo de la entidad, a impugnar ante la Sala Constitucional el cobro de impuestos por parte del Ministerio de Hacienda sobre las inversiones en dólares del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
Por unanimidad, los directivos dieron el aval para que Macaya, en conjunto con la Dirección Jurídica, presenten una acción de inconstitucionalidad por la decisión del fisco de efectuar la retención del impuesto sobre rentas de capital a los rendimientos obtenidos en la adquisición de instrumentos financieros por parte del fondo de jubilaciones, según consta en el acta 9.226, del 30 de noviembre.
Los argumentos de la institución autónoma es que la Seguridad Social cuenta con el beneficio de la exoneración impositiva. “Esta conducta de la administración tributaria podría resultar inconstitucional, pues ha sido criterio de esta Dirección que la Constitución otorga a la Caja una exoneración genérica de tributos”, argumentó la Dirección Jurídica, en el oficio GA-DJ-08184-2021, del cual tiene copia La Nación.
Adicionalmente, se argumenta un daño financiero al IVM pues, entre 2018 y 2019, al fondo se le retuvieron $464.401 (¢300 millones) por inversiones en títulos valores en moneda extranjera. Los estados financieros del régimen de pensiones muestran que, hasta noviembre pasado, la retención efectuada a las inversiones en dólares (en colones no se aplica) ascendía a $1,36 millones (¢879 millones).
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Este diario solicitó a la Dirección General de Tributación (DGT) una posición sobre la disputa impositiva que tiene con la CCSS, pero al cierre de este artículo no hubo respuesta.
A noviembre del 2021, el 2,3% de las inversiones del IVM en títulos valores estaba en instrumentos en moneda extranjera, es decir, $83,2 millones (¢53.688 millones), los cuales fueron adquiridos en su mayoría al Ministerio de Hacienda. La cartera total de inversiones del régimen registró un saldo de ¢2.332.486 millones. El 86,7% de los recursos está en bonos de deuda del Gobierno, según los estados financieros.
La Gerencia de Pensiones compra títulos valores en el mercado interno para hacer crecer la reserva del fondo de jubilaciones, y garantizar el pago futuro de pensiones.
Origen de disputa
La disputa entre la Caja y Hacienda por el cobro de impuestos sobre los rendimientos de las inversiones bursátiles es reiterada. En el 2017, un informe de Auditoría Interna de la CCSS reveló una retención, supuestamente indebida, de ¢6.500 millones en rendimientos del fondo de pensiones.
En ese momento, se trató de ¢2.383 millones entre 1990 y 2003, así como ¢4.105 millones entre enero del 2006 y marzo del 2016. Tributación argumentó entonces que la entidad autónoma no había solicitado la devolución del dinero.
Gustavo Camacho, abogado de la Dirección Jurídica de la CCSS, explicó en reunión de la Junta Directiva, en noviembre pasado, que la Gerencia de Pensiones pidió al fisco la exoneración impositiva. Sin embargo, Hacienda solo otorgó el beneficio a los títulos en colones, pero lo denegó en dólares, amparada en la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta, de 1992.
“La Gerencia agotó la vía administrativa e interpuso los recursos correspondientes. Incluso ante el Tribunal Fiscal Administrativo. Pero finalmente, en agosto del 2020, ratificó la decisión de aplicar la retención de renta a los títulos valores en moneda extranjera”, dijo Camacho.
Adicionalmente, en junio del 2021, la Caja presentó un proceso judicial ante el Tribunal Contencioso Administrativo por la decisión de Hacienda.
Camacho destacó que variación de un criterio legal por parte de la Procuraduría General de la República, en el 2014.
En el pronunciamiento se sostiene que la exoneración para la entidad debe regirse por la Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, su derogatoria y sus excepciones, la cual limitó las exenciones tributarias, según el oficio C-199-2014.
“La Procuraduría abandonó el criterio de la exoneración constitucional, e indicó que para el caso del impuesto sobre la renta (…) la exoneración tiene vigencia al momento de su creación, pero no se extiende a los tributos posteriores (por la reforma al impuesto). La variación del criterio se aparta de la debida interpretación de la Constitución Política”, aseguró el especialista legal.
Camacho dijo que, debido a dicha modificación, es que el caso debe elevarse a la Sala IV como máximo órgano en materia constitucional.
Gilbert Alfaro, director Jurídico de la CCSS, aseguró que el cambio de criterio de la PGR implica el pago de millones de colones para la institución.
“Creemos que para decir si la Caja debe pagar esos miles de millones de colones debe existir un fallo de la Sala sobre si es cierto o no que la CCSS está exenta, y no un criterio de la Procuraduría” subrayó Alfaro.
El director jurídico aseguró que al amparo de la decisión de la Procuraduría cualquier entidad pública puede empezar a cobrar impuestos o tasas a la institución, lo cual tendría un impacto en las finanzas de la seguridad social.
