Este martes 17 de marzo, los diputados de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales dictaminaron positivamente dos de las iniciativas que pretenden permitir el retiro acelerado de los fondos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP).
Se trata del expediente 24.984, promovido por la diputada oficialista Ada Acuña quien presentó un texto sustitutivo este martes el cual fue aprobado por mayoría. El otro proyecto es el 24.972, impulsado por la diputada del Frente Amplio, Rocío Alfaro.
La iniciativa de Acuña propone reformar el artículo 22 de la Ley de Protección al Trabajador para que diga que cuando la tasa de reemplazo otorgada por la pensión del IVM o los regímenes sustitutos (Poder Judicial y Magisterio Nacional) sea superior al 52,5% del salario de referencia, el jubilado puede retirar todo el ROP y sus rendimientos en un plazo máximo de seis meses, contabilizados a partir de la solicitud.
Además, el artículo instauraría que otra forma de acudir a los recursos es que el pensionado, o aquella persona que cumple con los requisitos para solicitar su ROP, reciba retiros programados, que incluyan rendimientos mensuales promediados del último año, más la suma del capital, según el plazo que elija (24, 36, 60, 120 o 180 meses) y hasta agotar el fondo. Esta modalidad de retiro se llama Retiro Programado Financiero Actuarial.
“Bajo ninguna de las (dos) reglas establecidas en este artículo, la gestión devolutiva de los recursos de las cuentas administradas en el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) podrá incluir minusvalías o pérdidas a partir del momento de la presentación de la solicitud del retiro”, dicta el texto sustitutivo aprobado este 17 de marzo.
El proyecto de ley de Acuña también reformaría los artículos 20, 23 y 43 de la Ley de Protección al Trabajador.
Por su parte, el proyecto 24.972 propone reformar el transitorio XX de la Ley de Protección al Trabajador para que se lea que los afiliados al ROP que se pensionen del 1.° de enero del 2021 hasta el 31 de diciembre del 2029 puedan retirar los fondos acumulados en sus cuentas individuales mediante rentas temporales durante un plazo de 24 meses, hasta agotar el fondo.
“El ROP deberá calcularse y recibirse al valor de mercado. No se podrán cargar pérdidas o minusvalías al pensionado de ninguna forma, una vez tramitado y firmado su retiro del ROP”, agregaría dicho transitorio.
Ambas iniciativas se aprobaron por mayoría en la Comisión de Asuntos Sociales, pues contaron con los votos a favor de los diputados Ada Acuña, Rosalía Brown, Gloria Navas, Antonio Ortega, Kattia Rivera y Priscilla Vindas. Por su parte, la única oposición provino de la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Andrea Álvarez.
“No quería retrasar ninguno de los proyectos, pero por respeto quería justificar mi voto, pero no quería ser un obstáculo para que avanzara la discusión. Ya en dos minutos no lo puedo hacer de forma como quería hacerlo, entonces me reservo el tiempo para hacerlo mañana, por la revisión del acta”, dijo la diputada verdiblanca antes de que terminara la sesión.
Tras el aval de dicho órgano legislativo, las dos iniciativas deben pasar al plenario legislativo para su discusión y votación. No obstante, en caso de recibir su aprobación en esta instancia, podrían enfrentar el veto del Poder Ejecutivo.
El ministro de Hacienda, Rudolf Lücke, confirmó a La Nación que recomendaría al presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, vetar cualquier proyecto que habilite la entrega total o masiva de los recursos del ROP.
Criterio de la Supén
La Superintendencia de Pensiones (Supén) ha señalado en diferentes ocasiones que los recursos del ROP no son un ahorro personal para el consumo inmediato, sino que forman parte de un fondo que se va acumulando con los aportes de las personas, los patronos y los rendimientos generados, y que su función es complementar la pensión básica.
“En una sociedad que envejece rápidamente, liquidar o reducir los plazos de entrega de estos fondos transformaría un instrumento de protección social de largo plazo en una fuente de liquidez de corto plazo, con consecuencias económicas potenciales para el país y un retroceso en la materia de protección social”, consideró la Supén a finales de 2025.
