
A partir del lunes 1.° de setiembre, el Ministerio de Hacienda pondrá en marcha la versión 4.4 de los comprobantes electrónicos. Esta actualización representa una de las modificaciones más amplias desde que se implementó la facturación digital y afectará a cerca de 450.000 contribuyentes activos en Costa Rica.
La nueva versión incorpora 146 cambios técnicos y operativos. Sin embargo, Tributación destacó cinco ajustes clave que tendrán un impacto directo en distintos sectores económicos, incluidos los comercios, las pymes, revendedores de bienes usados y empresas que prestan servicios a crédito o que adquieren bienes intangibles del extranjero.
Los cinco principales cambios que presentará la facturación electrónica:
1. Se suman dos nuevos métodos de pago
Con la actualización, los comprobantes electrónicos incluirán Sinpe Móvil y plataformas digitales como nuevas opciones de pago. Estas se sumarán a las existentes: efectivo, tarjeta, cheque, transferencia y pagos de terceros.
Sinpe Móvil quedará registrado con el código 06, mientras que las plataformas como PayPal o sistemas de boletería se asignarán al código 07. Hacienda decidió formalizar su inclusión para facilitar el rastreo de transacciones y evitar omisiones en la declaración de ventas.
2. Se incorpora el recibo electrónico para ventas a crédito
La nueva versión permitirá el uso de un recibo electrónico, exclusivo para pequeñas y medianas empresas, que vendan productos o servicios a crédito o a plazo. El objetivo será facilitar la declaración del IVA en tractos individuales sin necesidad de emitir múltiples facturas.
Este mecanismo solo aplicará para ventas con plazos de hasta 90 días. El impuesto se distribuirá proporcionalmente en los periodos correspondientes, siempre bajo una única factura referenciada.
3. Cambios en la facturación de bienes usados y compras a proveedores extranjeros
Los comercios que revendan bienes usados podrán emitir un nuevo tipo de documento llamado comprobante de compra para un no contribuyente, válido cuando adquieran artículos a personas no registradas ante Hacienda. Esto les permitirá registrar la operación como un gasto deducible.
Además, las empresas que compren bienes o servicios intangibles a proveedores no domiciliados en el país deberán aplicar el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, con el cual el comprador local asume la retención del IVA, incluso si el proveedor no lo cobra.
4. Requisitos específicos para medicamentos y licores
Para el sector farmacéutico, los comprobantes deberán indicar el número de registro del medicamento ante el Ministerio de Salud y su forma farmacéutica, es decir, la presentación en que se comercializa (tabletas, cápsulas, jarabe, entre otros).
En el caso de los licores, los comercios tendrán que registrar en sus facturas electrónicas al proveedor, con el fin de verificar su condición fiscal y prevenir el comercio de productos sin trazabilidad legal.
5. Contribuyentes deberán identificar a su proveedor de facturación
Quienes utilicen sistemas de facturación distintos al gratuito del Ministerio de Hacienda tendrán que informar quién es el proveedor tecnológico de su plataforma de comprobantes. Esta medida busca rastrear eventuales errores de funcionamiento que afecten múltiples usuarios.
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*La creación de este contenido contó con la asistencia de inteligencia artificial. La información fue investigada y seleccionada por un periodista y revisada por un editor para asegurar su precisión. El contenido no se generó automáticamente.