
Una sentencia de la Sala Constitucional exigió a la Municipalidad de Osa poner orden en playa Dominical, uno de los sitios turísticos más populares del sur de la provincia de Puntarenas. El asesinato de un turista alemán agotó la paciencia de los vecinos, quienes denunciaron la consolidación de un mercado informal ubicado dentro de la Zona Marítimo Terrestre.
Aunque la Municipalidad alegó limitaciones de personal para realizar inspecciones y demoliciones constantes, además de afirmar que operativos previos no habían tenido resultados permanentes, los magistrados concluyeron que corresponde al gobierno local asumir el control de la zona y corregir la situación.
Denuncia de vecinos
A finales de agosto del 2025, un vecino y comerciante de Dominical, respaldado por un comité de comercios y residentes locales, presentó un recurso de amparo contra la Municipalidad de Osa.
Alegó que la playa dejó de ser un espacio de disfrute y pasó a convertirse en una zona tomada por ocupantes ilegales y actividades delictivas.
Según su relato, la franja marítimo terrestre ha sido invadida en los últimos años por grupos que levantan estructuras y se anuncian como artesanos o masajistas.
En el escrito, el recurrente alegó que, detrás de estas fachadas, ocurren asaltos, ventas de drogas, proxenetismo, robos de vehículos y la obstrucción del libre tránsito mediante camiones usados como bodegas.
Agregó que los comerciantes formales pagan impuestos, pero deben trabajar junto a esta “zona roja”, donde bienes de dominio público quedaron en manos de los supuestos vendedores informales.
Sostuvo que esta situación incrementó la delincuencia en el área y golpeó las ventas del comercio formal.

La ‘gota que derramó el vaso’
Para el recurrente, el hecho más grave ocurrió el 1.° de diciembre del 2023, cuando el turista alemán Arlt Dominic Knuth, de 32 años, fue asesinado mientras permanecía en un vehículo tipo camper junto con su pareja en playa Dominical.
El vecino describió este crimen como “la gota que derramó el vaso” y una señal del descontrol en la zona. Afirmó que estos hechos generaron temor, dañaron la imagen turística y afectaron el derecho de las personas a disfrutar un espacio público sano y seguro.
Agregó que, pese a que el comité de vecinos y comerciantes presentó una carta detallando la situación y solicitando el desalojo de los ocupantes desde mayo del 2025, la Municipalidad de Osa no dio una solución ni retiró las estructuras.
La ausencia de respuesta llevó al comité a acudir ante la Sala Constitucional, donde denunció la afectación del derecho a usar la playa en condiciones de seguridad y ambiente sano.
Municipalidad argumentó recursos insuficientes
En su descargo, la Municipalidad de Osa pidió desestimar el recurso y afirmó que sí ha intervenido en Playa Dominical mediante desalojos, demoliciones y coordinación interinstitucional. No obstante, alegó limitaciones de personal, amplitud del territorio y reincidencia de los infractores.
Como parte de sus argumentos, indicó que la carta presentada por vecinos y comerciantes el 19 de mayo fue recibida e incorporada al expediente que se mantiene abierto desde el 2012 sobre esta problemática. Señaló que respondió la gestión el 18 de septiembre del 2025, admitiendo un atraso por “alto volumen de trabajo” y escaso personal.
El gobierno local sostuvo que ha ejecutado múltiples operativos de desalojo y demolición en Playa Dominical y en otras zonas públicas del cantón, pero alegó que la ley no le otorga potestades represivas de vigilancia inmediata ni facultades expresas de decomiso.
Por ello, la Municipalidad adujo que su actuación se reduce a desalojos y demoliciones, medidas que los infractores asumen como un costo temporal, lo que favorece la reincidencia.
Añadió que el Departamento de Zona Marítimo Terrestre cuenta únicamente con dos inspectores, uno de ellos con restricciones de salud para labores de campo, y que debe atender más de 221 kilómetros de costae.
También, defendió que no ha incurrido en inacción, pues, para lograr un efecto más disuasorio, optó por reforzar la vía penal en coordinación con la Fiscalía Ambiental, proceso mediante el cual se abrió un expediente con inspecciones y una lista de infractores.
Como último punto, aseguró haber coordinado operativos interinstitucionales e involucrado a entidades como los ministerios de Seguridad, Salud y Ambiente.
Sala emitió condena y exigió poner orden

La Sala Constitucional recordó que, por regla general, los casos de falta de respuesta administrativa corresponden a la jurisdicción contencioso-administrativa; sin embargo, al tratarse de una denuncia ambiental y de la tutela de bienes de dominio público (como la zona marítimo terrestre), justificó conocer el amparo como excepción.
Tras analizar los planteamientos de ambas partes, los magistrados concluyeron que, aunque la Municipalidad de Osa realizó algunos desalojos y gestiones interinstitucionales, incurrió en una demora injustificada al atender la denuncia presentada en mayo de 2025 y no ofreció una respuesta eficaz frente a la ocupación ilegal en Playa Dominical.
En ese sentido, la Sala recordó que la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre asigna a las municipalidades la obligación de velar por el dominio, uso y protección de esa franja, lo que incluye instaurar procedimientos administrativos de desalojo y demolición cuando tienen conocimiento de ocupaciones ilegales.
Señaló que la falta de personal o la amplia extensión territorial no eximen al municipio de sus responsabilidades; por el contrario, exigen una mejor organización, gestión de recursos y coordinación con otras instituciones para asegurar una protección continua y no solo puntual.
Aunque reconoció que la Municipalidad ejecutó algunos operativos y coordinaciones, la Sala enfatizó que estas acciones no equivalen a resolver la denuncia ni a garantizar el libre acceso y disfrute de la playa. Destacó que persisten ocupaciones ilegales y que el propio municipio admite la reincidencia de los infractores.
Por tanto, al considerar vulnerados los derechos fundamentales de los vecinos por la inacción y la demora en la atención de la denuncia, la Sala declaró con lugar el recurso de amparo.
En consecuencia, ordenó al alcalde de Osa y al encargado del Departamento de Zona Marítimo Terrestre que, en un plazo máximo de cuatro meses a partir de la notificación de la sentencia, inspeccionen la playa señalada, tramiten y resuelvan de forma definitiva la denuncia, y adopten las medidas necesarias para hacer cumplir la ley.
Asimismo, condenó a la Municipalidad de Osa al pago de costas, daños y perjuicios.
Alcalde confirma implementación de medidas
El alcalde de Osa, Mainor Anchía, confirmó a La Nación que actualmente se están notificando a las personas que ocupan estos espacios de forma ilegal, con el fin de otorgarles los plazos correspondientes y, una vez vencidos, ejecutar los desalojos que resulten necesarios si la ocupación persiste.
Añadió que se realizará un monitoreo constante en la zona y que el municipio gestiona más personal para el Departamento de Zona Marítimo Terrestre, además del apoyo interinstitucional requerido.
“Estamos trabajando en una estrategia conjunta con el SINAC, MINAE, Fuerza Pública y otras instituciones públicas, de manera que podamos hacer un abordaje integral y sostenible en el tiempo”.
— Mainor Anchía, alcalde de Osa.
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¡Nos contactamos de nuevo en una semana con un nuevo caso! Se despide la periodista Arianna Villalobos.