Marchamo 2027: ¿Qué cubre el seguro adicional que aparece en el cobro del INS y que usted puede quitar?
La prima anual del denominado “Seguro Más Protección” arranca desde los ¢11.900 y aparece sumada al monto total del marchamo, pero usted puede eliminarla
Los propietarios de vehículos ya pueden consultar el monto del marchamo 2027. El cobro inicia este 2 de noviembre con la implementación de una nueva etiqueta electrónica. Alonso Tenorio
Los propietarios de vehículos que consulten el monto del marchamo 2027 en la plataforma digital del Instituto Nacional de Seguros (INS) encontrarán que, al monto total del derecho de circulación, se suma una cobertura voluntaria.
Pese a que el pago de este seguro voluntario no es obligatorio, de todos modos, fue incluido en el total. El INS advirtió que quienes no desean adquirirlo pueden “desmarcarlo” al continuar con el pago.
La prima anual del denominado “Seguro Más Protección” arranca desde los ¢11.900, con el impuesto sobre el valor agregado (IVA) incluido, y, según el sitio web de la entidad, este seguro se activa como un complemento al Seguro Obligatorio Automotor (SOA), que está incluido con el marchamo.
De acuerdo con la empresa pública, el “Seguro Más Protección” brinda hasta ¢6 millones adicionales por persona para gastos derivados de lesiones ocasionadas por un accidente de tránsito cubierto, cuando la cobertura del SOA, que es de ¢6 millones, haya sido utilizada en su totalidad.
El “Seguro Más Protección” aparece ya agregado y marchamo con una prima anual desde ¢11.900, IVA incluido. (Captura de la plataforma del INS.)
“Protege al conductor y a los ocupantes del vehículo que resulten lesionados en un accidente de tránsito cubierto. Incluye atención médica, reconocimiento de viáticos y un beneficio por incapacidad temporal durante el proceso de recuperación”, agrega el INS en su página web.
El “Seguro Más Protección” también contempla una prestación económica al lesionado por incapacidad temporal, equivalente al 40% del ingreso reportado por la persona.
Este beneficio aplica cuando, debido a un accidente de tránsito cubierto, el lesionado debe ausentarse de sus labores habituales para recibir tratamiento y recuperarse, siempre que esa condición esté respaldada por las prescripciones médicas del INS o en las que la institución designe.
El INS define como lesionado a cualquier ocupante del vehículo asegurado, ya sea conductor o pasajero, que sufra heridas como consecuencia de un accidente de tránsito cubierto por la póliza, las cuales pueden ser determinadas por el médico tratante.
La cobertura de este seguro opera en exceso de lo indemnizado por el Seguro Obligatorio Automotor y una vez agotado la suma máxima establecida del mismo, siempre y cuando la causa sea un accidente de tránsito cubierto.
— Sitio web del INS
La aseguradora también reconocerá los gastos de viáticos, que incluyen traslado, hospedaje y alimentación, cuando la persona lesionada deba desplazarse fuera de su lugar de residencia habitual para recibir atención médico-sanitaria o servicios de rehabilitación, y la institución no pueda proporcionarle esos servicios.
Los propietarios de vehículos interesados en adquirir esta póliza pueden mantenerla en el cobro. Quienes no deseen contratarla, en cambio, pueden desmarcarla en la siguiente pantalla del proceso de pago y el sistema ajustará el monto total del marchamo 2027.