¿Va a firmar un contrato que prevé el arbitraje como vía para resolver eventuales disputas? Esto debe saber al respecto
Camila Céspedes, abogada asociada senior de la firma Quatro Legal, explica cuándo una cláusula arbitral obliga a las partes, cuáles son sus ventajas y qué deben revisar las empresas antes de aceptarla
El arbitraje ofrece una alternativa a la justicia ordinaria, pero exige cumplir ciertos requisitos. Shutterstock
Resolver una disputa comercial mediante un arbitraje puede ofrecer ventajas frente a la justicia ordinaria, pero también exige cumplir ciertas condiciones. Para empresas y organizaciones, es fundamental conocer cómo se acepta una cláusula arbitral y cuáles son sus obligaciones, a fin de evitar complicaciones posteriores.
Para aclarar los alcances de este mecanismo, Camila Céspedes, abogada asociada senior de la firma Quatro Legal, explicó a La Nación los requisitos para que una cláusula arbitral sea válida y obligatoria, así como las diferencias entre resolver un conflicto mediante arbitraje y acudir a los tribunales ordinarios.
La especialista también abordó los aspectos que las empresas deben considerar al redactar y aceptar este tipo de acuerdos, el valor de las actuaciones de las partes para demostrar su consentimiento y las posibles consecuencias legales, procesales y económicas de iniciar un arbitraje cuando la validez de la cláusula está en duda.
Camila Céspedes, directora del Departamento de Litigio de Quatro Legal (ChatGPT/ChatGPT)
- ¿Hasta qué punto obliga una cláusula arbitral a las partes y en qué circunstancias pueden acudir a los tribunales ordinarios?
Según Céspedes, una cláusula arbitral válidamente pactada obliga a las partes a resolver mediante ese mecanismo las controversias comprendidas en el acuerdo, en lugar de acudir directamente a los tribunales ordinarios.
Sin embargo, la sola inclusión de esta disposición en un contrato no demuestra que todas las partes la hayan aceptado. La abogada explicó que debe existir una manifestación inequívoca de voluntad, respaldada por escrito.
La legislación costarricense no exige necesariamente que el acuerdo conste en un documento firmado por ambas partes, pero sí que haya pruebas suficientes de su aceptación.
Por ello, si una empresa incluye una cláusula arbitral y la contraparte no firma el contrato ni manifiesta claramente su consentimiento, no puede presumirse que haya renunciado a la vía judicial.
El consentimiento es fundamental: ninguna parte puede ser obligada a recurrir al arbitraje solo porque la otra lo haya propuesto.
- ¿Cuáles son las principales ventajas y desventajas de pactar arbitraje en un contrato en lugar de acudir a la justicia ordinaria?
Céspedes explicó que el arbitraje puede ofrecer ventajas frente a la justicia ordinaria, especialmente en disputas comerciales o técnicas.
Entre las ventajas, figuran:
La flexibilidad del procedimiento
La posibilidad de resolver el conflicto en menos tiempo, según las circunstancias de cada caso
La opción de establecer condiciones de confidencialidad, relevantes cuando están en juego secretos comerciales, datos financieros o información sensible
No obstante, esta no es una característica automática, pues depende de las reglas aplicables y los acuerdos entre las partes.
Entre las desventajas, señaló:
Las partes suelen asumir los honorarios de los árbitros, los gastos administrativos del centro arbitral y sus propios honorarios legales
Las posibilidades de impugnar el laudo son limitadas y se restringen a las causales previstas en la legislación, sin una revisión amplia del fondo de la controversia
Por ello, Céspedes advirtió de que el arbitraje no necesariamente es más conveniente ni económico que la vía judicial. Su utilidad dependerá de la complejidad del conflicto, los costos y las necesidades de quienes participan.
- ¿Qué requisitos de redacción y aceptación deben cumplirse para que una cláusula arbitral sea clara y efectiva?
Céspedes señaló que una cláusula arbitral debe expresar de forma clara e inequívoca la voluntad de las partes de resolver sus controversias mediante este mecanismo. En Costa Rica, el acuerdo debe constar por escrito, aunque no requiere formalidades especiales.
La abogada recomendó:
Documentar la aceptación mediante la firma del contrato u otros medios escritos que permitan demostrar el consentimiento.
Precisar cuáles conflictos estarán sujetos a arbitraje, por ejemplo, los relacionados con la interpretación, ejecución o incumplimiento del contrato.
Definir el centro arbitral que administrará el proceso, cuando corresponda.
Evitar disposiciones ambiguas o contradictorias, como aquellas que establecen el arbitraje y la vía judicial sin delimitar en qué circunstancias procede cada una
- ¿Qué valor tienen los actos de ejecución del contrato para demostrar la aceptación del arbitraje?
Según la abogada, actos como pagar facturas, entregar mercancías o prestar servicios pueden demostrar la existencia de una relación comercial y la aceptación de ciertas obligaciones. Sin embargo, no implican necesariamente el consentimiento para resolver disputas mediante arbitraje.
Esta distinción responde al principio de separabilidad: el acuerdo arbitral es jurídicamente independiente de las demás cláusulas del contrato.
Por ello, una empresa puede cumplir compromisos comerciales, como realizar pagos o recibir servicios, sin aceptar automáticamente el mecanismo arbitral. Es posible reconocer las obligaciones de un contrato sin quedar sujeto a su cláusula arbitral, siempre que no exista una manifestación válida de consentimiento respecto de esta última.
- ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas, procesales y económicas para la parte que inicia un proceso arbitral cuando luego se determina que el convenio es inválido o que no existió consentimiento válido para someterse a ello?
La abogada Céspedes explicó que, si se determina que no existe un acuerdo arbitral válido o que la contraparte no lo aceptó, el tribunal puede declararse incompetente para resolver la disputa. En ese caso, el procedimiento no podrá continuar ante esa instancia por falta de consentimiento.
La abogada advirtió de que esto puede generar costos administrativos, honorarios profesionales y otros gastos sin que se resuelva el fondo del conflicto.
Por ello, recomendó verificar, antes de iniciar el arbitraje, que exista un acuerdo por escrito y que también que haya pruebas suficientes de que todas las partes aceptaron ese mecanismo.