
La reciente detención del abogado y exdiputado Leonel Villalobos, a quien le decomisaron un celular cuando iba a una visita íntima a la cárcel de mujeres Vilma Curling, lejos de ser un hecho aislado, se ha convertido en un asunto recurrente desde que en mayo de este año entró en vigor el artículo 257 quater del Código Penal.
El apartado se define como “introducción de teléfonos celulares, satelitales u otros dispositivos tecnológicos destinados a la comunicación, en los establecimientos penitenciarios de la modalidad cerrada” y castiga con penas de dos a cuatro años de prisión a quien cometa este ilícito. La sanción será aumentada en un tercio cuando el autor del delito sea un funcionario público, proveedores de bienes o servicios en establecimientos penitenciarios o abogados en el ejercicio de su profesión.
Villalobos alega que fue un error involuntario que el aparato se quedara en su maletín al momento de ingresar al centro penal. El exdiputado deberá enfrentar un juicio en la vía rápida, modalidad conocida como flagrancia.
Con base en datos de la Fiscalía Adjunta de Alajuela que atiende el principal complejo carcelario del país ubicado en el distrito de San Rafael y es conocido como La Reforma, se determina que desde mayo, cuando se convirtió en delito introducir aparatos electrónicos a la cárcel, y hasta la fecha, se registran 219 causas, es decir, un promedio de un caso por día. De estos, 160 hechos corresponden a flagrancia y 59 a la vía ordinaria.
El Ministerio Público no detalla cuáles expedientes corresponden a personas que intentaron meter un dispositivo a la cárcel y cuáles son de privados de libertad que tenían el aparato, aunque es posible que la mayoría sean los primeros.
Otro abogado detenido por llevar audífonos
El abogado laboralista César Redondo pasó en octubre un tormento judicial por unos audífonos de ¢4.000 que llevaba en un bolso y acudió a La Reforma para recolectar una firma de un apersonamiento que un colega le había solicitado. Cruzó los primeros filtros de revisión sin problema, hasta que al llegar al último puesto, un oficial detectó un audífono con cable.
“Fue una situación bastante angustiosa, uno no espera que le pueda pasar. Empezar el día como abogado, realizando esas funciones y de repente verme involucrado en lo que se interpretó en ese momento como un delito, siendo sacado del centro penal, esposado, llevado a la fiscalía en perrera y siendo procesado en la misma fiscalía”, relató Redondo.
El abogado reconoció que en efecto portaba unos audífonos con cable que son de uso diario. “Son unos audífonos que utilizo para escuchar el Waze mientras manejo motocicleta. Lo llevaba en salveque, en una bolsa que estaba totalmente abierta, no estaba oculto, no se pretendía ocultar en ningún sentido”, explicó.
Jeffrey Mora, abogado defensor de Redondo, logró el sobreseimiento definitivo tras un proceso de flagrancia argumentando que los audífonos con cable no tenían capacidad autónoma de comunicación. “Argumentamos tres aspectos, por ejemplo, que los audífonos con cable no tenían capacidad autónoma de comunicación, no extienden de ninguna manera la potencialidad de comunicación”, explicó Mora.
De haber sido condenado por llevar ese dispositivo, el laborista se exponía a una pena de hasta cinco años de prisión, por tratarse de un abogado en el ejercicio de sus funciones.
Mora cuestionó la constitucionalidad del artículo. “El tipo penal es impreciso y excesivamente vago. El problema es que la norma del 257 quater es tan abierta que ha sido completada por una directriz de Adaptación Social que se publicó en el boletín judicial hasta el 8 de octubre de 2025”, señaló.
Valoraciones de Fiscalía
El fiscal adjunto de Alajuela, Alejandro Araya, explicó que no se trata simplemente decir que una persona llevaba un objeto y pasó la línea de seguridad. “Hay aspectos que uno tiene que valorar, porque hay que determinar la intención, voluntad y el conocimiento de querer introducir ilegítimamente el dispositivo. Se valora quién es esa persona, si ha tenido alguna otra condición particular”, indicó.

Araya señaló que hay una gran diferencia entre alguien que llevaba un teléfono en la bolsa del pantalón y se percata que lo tiene ahí hasta cruzar el control de seguridad, a “alguien que lo andaba oculto entre sus genitales, o que lo trate de meter en un doble forro, o que lo trate de esconder de alguna manera”.
El fiscal confirmó que en promedio atienden un caso diario. “Hay días que no, pero hay otros que son dos casos como los fines de semana, normalmente se atienden dos o más casos de este tipo, porque además no es solamente el introducir, sino también es el poseer, entonces nosotros tenemos casos donde son los privados de libertad los que tienen en su poder los aparatos”, explicó.
Consultado sobre si la reforma al código Penal vino a solucionar algo, Araya respondió: “Digamos que 50-50 porque obviamente se persigue, se incauta, se evita que los aparatos lleguen a manos de personas inescrupulosas, pero lamentablemente el poder adquisitivo de cierta gente hace que se siga ofertando muy bien el que ingresen estos dispositivos, porque se paga muy bien”.
La Nación solicitó datos sobre este tema al Ministerio de Justicia, sin embargo, nunca recibimos respuesta.
