El Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea rechazó, este miércoles, una solicitud del Ministerio Público para que el empresario Juan Carlos Bolaños Rojas, principal imputado en el caso del cemento chino, regresara a un centro penal, a descontar prisión preventiva.
Lo dispuesto hoy establece que Bolaños podrá continuar con la medida de casa por cárcel con vigilancia de tobillera electrónica, según confirmó su abogado defensor, Fernando Vargas, quien no profundizó en las razones por las cuales el Tribunal desestimó la solicitud de la Fiscalía.
Así las cosas, esta medida alternativa a la prisión se mantendrá vigente hasta el próximo 3 de noviembre.
Bolaños está fuera de un centro de reclusión desde el pasado 1.° de mayo, cuando fue intervenido quirúrgicamente, pues había sufrido una lesión en una rodilla al bajar de un camarote en la Unidad de Admisión de San Sebastián, en San José.
Por esta dolencia se había sometido a otra operación en diciembre, pero al parecer, siguió con molestias que obligaron a la segunda cirugía. En los últimos meses, permaneció en la cárcel del adulto mayor en San Rafael de Alajuela.
El 3 de mayo, fue dado de alta del Hospital Unibe y trasladado a su casa, en Atenas, Alajuela, para complir, desde ese momento, con el beneficio de monitoreo electrónico.
Plazo máximo en la cárcel
Juan Carlos Bolaños fue detenido el 3 de noviembre del 2017 en vía pública en Atenas. Su captura se relaciona con la investigación que se le sigue por los delitos de peculado, tráfico de influencias, denuncia calumniosa y simulación de delito.
Al empresario se le atribuye la obtención de créditos supuestamente anómalos para financiar la compra de cemento de China. Por este asunto, otras 18 personas figuran como imputados por diversos delitos. Del total de imputados, solo Bolaños permanecía en prisión.
De acuerdo con el artículo 258 del Código Procesal Penal el plazo máximo que un imputado puede permanecer en prisión preventiva es de 18 meses en casos complejos, como es el del cemento chino. Ese término venció el pasado 3 de mayo.
Por lo tanto, a partir de esa fecha solo el Tribunal de Apelación de Sentencia podía prorrogar la prisión preventiva hasta por un plazo máximo de un año, al tiempo que obliga a ese tribunal a señalar al Ministerio Público las medidas necesarias para acelerar el trámite del procedimiento de investigación, para que el asunto sea sometido a juicio.
Empero, este miércoles el Tribunal ratificó la medida alternativa que dispuso esa misma instancia a principios de mes.