Un chofer que viajaba a 170 kilómetros por hora en la ruta 32 (que comunica a San José con Limón) alegó que tiene una “condición de salud especial”, por lo que la Fiscalía de Siquirres no pudo indagarlo después de que fue detenido.
La información fue confirmada por el propio Ministerio Público, ante una consulta de este medio.
Según indicó, el sujeto de apellidos Navarro Solórzano fue detenido el sábado temprano por ser sospechoso del delito de conducción temeraria pero, cuando se le iba a tomar la declaración indagatoria, la defensa constató que el imputado presentaba una “condición de salud especial”.
El ente acusador no brindó detalles de cuál sería este problema que tenía, debido a que se trata de una etapa privada del proceso.
Lo que sí dijo es que, debido a esa situación, citaron a Navarro para indagarlo “en los próximos días”.
Después de este proceso, la Fiscalía definiría la situación jurídica de este hombre.
La investigación se desarrolla dentro del expediente 21-000206-0486-PE.
¿Qué pasó?
Poco antes de las 10 a. m. de este sábado, la Policía de Tránsito detectó que un chofer viajaba a 170 kilómetros por hora en el kilómetro 105 de la ruta 32; es decir, en los alrededores de Siquirres.
El hombre conducía un pick-up, marca Isuzu y de color blanco. Junto a él viajaban dos mujeres y otro sujeto, cuyas identidades no se dieron a conocer.
Por esos hechos, él fue detenido y pasado de inmediato a la Fiscalía. Se desconoce si venía bajo los efectos del alcohol.
De acuerdo con el Código Penal, el delito de conducción temeraria es castigado con una pena de prisión de uno a tres años cuando la persona conduce a una velocidad superior a los 150 kilómetros por hora.
En caso de que sea reincidente, la sanción aumentaría de dos a ocho años de cárcel.
En cuanto al sistema de puntos, la Ley de Tránsito estipula, en su artículo 136, que el conductor que cometa este tipo de infracciones en carretera “acumulará doce puntos”; no obstante, para que ese castigo se haga efectivo, la sentencia judicial debe estar en firme.
“La autoridad judicial correspondiente comunicará al órgano competente la firmeza de la sentencia para efectos de control, la cual se consignará en el expediente del conductor de forma automática y deberá dejarse constancia del total acumulado”, señala esa norma.