El Tribunal de Flagrancia de Limón se inhibió la noche del jueves de conocer una solicitud de medidas cautelares para Carlos Andrés Pérez Sánchez, trabajador de Recope, acusado de dañar un tanque de almacenamiento de gas en la planta de Moín, Limón, durante la huelga de setiembre del 2018.
Esa decisión la tomó la jueza Irene Barrantes al acoger una petición José Miguel Villalobos, defensor del implicado, quien alegó que ese tema tiene que ser conocido por un tribunal integrado por tres jueces y no por uno unipersonal, como ocurría con el de Flagrancia.
Tras una hora y media de análisis, la jueza decidió pasar el expediente al Tribunal Penal de Limón, para que con integración de tres jueces, tome la determinación que corresponda.
Será entonces esa otra instancia judicial la que deba conocer la petición de los representantes de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), Juan Ramón Morales y Juan José Picado, de que al imputado se le prohíba acercarse a las instalaciones de la Refinadora y contactar a testigos del proceso.
Actualmente, Pérez está en libertad, suspendido de labores y con goce de salario.
José Miguel Villalobos dijo sentirse extrañado de que la Refinadora insista en que se le impongan medidas al implicado, cuando él no ha causado ningún incoveniente, aunque está libre desde el 26 de febrero.
La complicación es que mientras no se resuelva la petición de medidas cautelares, el expediente judicial no puede se trasladado a la Sala Tercera, para que determine si el empleado debe o no afrontar un nuevo juicio por los hechos ocurridos el 11 de setiembre de 2018.
Antecedente
Aquella noche, Pérez fue detenido cuando aparentemente huía de la planta de Moín, luego de que fuera dañada la válvula de una esfera que guarda gas LPG, justo en el momento en que un barco se disponía a descargar el producto.
El hecho además, se dio en el segundo día de la huelga contra el entonces proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, conocido como reforma fiscal. Los empleados de Recope se habían sumado al movimiento.
De manera cautelar, el imputado estuvo 14 días en prisión preventiva. Quedó en libertad el 26 de setiembre, cuando el Tribunal de Flagrancias de Limón le ordenó presentarse a firmar, no acercarse a las instalaciones de Recope, mantener domicilio fijo y no acercarse a testigos.
El caso llegó a juicio en noviembre cuando el Tribunal de Flagrancia lo condenó a dos años de prisión por el delito de daños agravados. En el castigo que se emitió el 27 de noviembre, se inhabilitó al trabajador para el ejercicio de cargos públicos durante 10 años.
Asimismo, el juez Sergio Céspedes Rivera, que dictó el fallo, envió a Pérez a seis meses de prisión preventiva mientras la resolución adquiría firmeza. La restricción de la libertad la fundamentó en el peligro de que incurriera en un nuevo delito.
Sin embargo, el Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea, el 26 de febrero pasado, anuló la pena, ordenó la realización de un nuevo juicio y al mismo tiempo, mandó a poner en libertad a Pérez de manera inmediata.
Empero, la Fiscalía Adjunta de Limón planteó un recurso de casación contra esa resolución, por lo que el expediente debía pasar a conocimiento de la Sala Tercera de la Corte.
Sin embargo, Recope solicitó que se le impusieran medidas cautelares a Pérez, situación que generó un conflicto entre el Tribunal de Flagrancias y el Tribunal de Apelación de Sentencia pues ninguno quería conocer sobre la gestión. Finalmente se encomendo a Flagrancias que ahora lo trasladó a la vía ordinaria.