La opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho de huelga, la negociación colectiva y la libertad sindical puede leerse como un espaldarazo a la legislación aprobada por la Asamblea Legislativa a finales del 2019 y firmada por el presidente de la República el 20 de enero del 2020.
En particular, los jueces del sistema interamericano despejan dudas, algunas avivadas con evidente mala fe, sobre la limitación de las huelgas en los servicios esenciales cuya «interrupción conlleva una amenaza evidente e inminente a la vida, la seguridad, la salud o la libertad de toda o parte de la población».
Para llegar a la reforma del 2020, impulsada por el legislador liberacionista Carlos Ricardo Benavides, el país debió transitar por un calvario de protestas contra la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, con crueles interrupciones de servicios esenciales hasta en quirófanos y comedores escolares.
Las huelgas del 2018 fueron la culminación de un largo período de conflictos abonados por las facilidades concedidas a los movimientos huelguísticos. Los excesos alcanzaron su cenit durante el gobierno de la presidenta Laura Chinchilla y menguaron en la siguiente administración, cuando sindicatos y gobierno negociaron el retiro del veto interpuesto a la reforma del Código de Trabajo, que concedía pleno derecho a huelga a los trabajadores de una amplia gama de servicios esenciales.
Un decreto presidencial, sin la menor aptitud para modificar las reformas puestas en vigencia por el presidente Luis Guillermo Solís cuando retiró el veto, intentó sin éxito calmar las preocupaciones de quienes vieron venir la turbulencia sufrida poco después por la administración Alvarado.
Personajes del sindicalismo, confiados en la ilimitada posibilidad de llamar al abandono del trabajo, se acostumbraron a convocar, una y otra vez, «la madre de todas las huelgas» y llevaron la situación al extremo durante el difícil conflicto del 2018. En aquellos movimientos, el número lo ponían los maestros y el dolor quedaba a cargo del personal del área de la salud, donde pacientes de todo tipo fungían como rehenes.
Las huelgas del 2018, las del 2019 y la intransigencia de una parte de la dirigencia magisterial convirtieron también la educación en instrumento de aflicción para alumnos y padres de familia. Así, forzaron la reforma legislativa cuya legitimidad queda ratificada por la opinión consultiva de la Corte Interamericana.
La ley vigente fue meticulosa en el respeto de los derechos fundamentales y se adelantó a la opinión consultiva en materias como la provisión de garantías compensatorias para la limitación de las huelgas en los servicios esenciales, como son la conciliación y el arbitraje abiertos a la participación de las partes.
La reforma, más que limitar el derecho a la huelga, frenó los abusos. Durante demasiado tiempo el país se sometió a una normativa acorde con supuestos mandatos constitucionales y otros derivados de tratados internacionales. La confusión, creada a fuerza de repetir falsedades, aún persiste. Se insiste, por ejemplo, en un fundamento constitucional de las convenciones colectivas en el sector público y, en la misma materia, se ponen en boca de la Organización Internacional del Trabajo directrices exactamente contrarias a las verdaderas. No debemos retroceder. Los cambios requeridos para sacar a Costa Rica adelante no pueden quedar librados al arbitrio de quienes defienden pequeños intereses con enormes medios de presión.