Editorial

Editorial: Una opinión trascendental

La Corte Interamericana despejó dudas, algunas avivadas con evidente mala fe, sobre la limitación de las huelgas en los servicios esenciales.

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La opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho de huelga, la negociación colectiva y la libertad sindical puede leerse como un espaldarazo a la legislación aprobada por la Asamblea Legislativa a finales del 2019 y firmada por el presidente de la República el 20 de enero del 2020.








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