Si todo va bien, y eso rara vez ocurre, el procedimiento disciplinario contra un empleado público cobijado por el Estatuto de Servicio Civil tarda seis meses. En ese lapso, el funcionario podría estar suspendido, pero siempre con goce de salario. El sistema está hecho para que los peores, cuando se les comprueba la falta, se vayan con el premio de varios meses de salarios sin haber trabajado.
No obstante, lo más probable es su regreso al cargo, sea por mal manejo del procedimiento, por baja calidad de la prueba o por el simple transcurso del tiempo, es decir, prescripción. Si pasados los seis meses del procedimiento interno la institución encuentra razones para el despido, apenas habrá dado el primer paso, porque hay un amplio repertorio de recursos aptos para atrasar la resolución definitiva durante meses o años.
Después de la resolución del órgano encargado en la institución donde labora el funcionario, el expediente podría transitar por la Dirección General de Servicio Civil, el Tribunal de Servicio Civil, el Tribunal Administrativo de Servicio Civil y el Tribunal Contencioso-Administrativo.
Un error de procedimiento, custodia o pérdida de la prueba, además del incumplimiento de plazos, puede dar al traste con todo lo actuado y desembocar en el regreso del empleado a su cargo como si nada hubiera pasado.
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El Estado no puede ser eficiente mientras se le imponga el lastre de los funcionarios incapaces, indolentes o corruptos. El Servicio Civil no fue establecido para perpetuar a esos empleados en el cargo, sino para librar a los mejores del abuso y revanchismo políticos de otros tiempos, cuando el empleo público era un simple botín político y no causaba asombro la persecución de quienes no eran percibidos como leales.
Pasar de la protección necesaria a la inamovilidad del presente requirió el transcurso de los años, pero todo ocupante de un cargo de jerarquía puede contar anécdotas de indolencia, indisciplina y faltas graves. En todo caso, los ciudadanos no necesitamos las anécdotas. Por medio de la prensa fuimos testigos de la incesante batalla librada hace algunos años para poner coto a los abusos en la emisión de patentes o la más reciente declaración del auditor del Consejo Nacional de Vialidad ante los integrantes de la comisión legislativa encargada de investigar las anomalías en obras viales sobre los antecedentes de varios funcionarios ligados con el caso Cochinilla. Los empleados habían sido protagonistas de relaciones de hechos o auditorías sin ninguna consecuencia. El único despedido acudió a los tribunales y consiguió una orden de reinstalación en el cargo. En esa condición estaba cuando le llegó la fecha de jubilarse.
Según Alfredo Hasbum, director del Servicio Civil, muchos procedimientos se malogran por desconocimiento de quienes los conducen. Las instituciones se creen obligadas, en casos graves, a seguir el debido proceso aunque esa tarea le corresponde al Servicio Civil. Cuando los procedimientos se inician innecesariamente dentro de la institución, el riesgo de prescripción es mayor porque la ley concede un mes —a partir del día en que se dio causa para la sanción o fueron conocidos los hechos— para reunir pruebas, gestionar el despido y justificar el proceso.
El desconocimiento no debería ser motivo de impunidad, pero la presentación del caso directamente al Servicio Civil, si bien impide los traspiés iniciales de muchos procedimientos internos, de todas formas significa el comienzo de un largo y engorroso camino. El problema no es de capacitación, sino de un sistema necesitado de revisión y reforma.