Temeroso de un aumento inmanejable de los enfermos de covid-19 y el posible colapso de los servicios de salud, el Colegio de Médicos propuso al gobierno acudir a la Asamblea Legislativa para suspender la garantía constitucional del libre tránsito. Casi al mismo tiempo, los diputados elevaron las multas por violar las restricciones impuestas a la circulación. En abierta contradicción con ambos, la Asociación Nacional de Fomento Económico (ANFE) procuró declarar inconstitucional la restricción vehicular nocturna impuesta el 24 de marzo.
Afortunadamente, la Sala Constitucional rechazó el recurso de amparo. ANFE alegaba falta de “fundamentación técnica adecuada”, inobservancia del artículo 95 de la ley de tránsito y falta de una demostración del mayor nivel de contagio durante las horas de restricción. Además, señalaba el peligro de adquirir la neumonía por coronavirus o asalto en el transporte público y en las calles para quienes se vieran obligados a caminar, es decir, la inmensa mayoría de personas.
La Sala asentó la compatibilidad de la limitación con la Constitución y la ley de tránsito, cuyo texto es muy claro: “El Poder Ejecutivo podrá establecer restricciones a la circulación vehicular, por razones de oportunidad, de conveniencia, de interés público, regional o nacional, debidamente fundamentadas, conforme se establezca reglamentariamente”.
Los magistrados se vieron obligados a informar a la ANFE que la emergencia de la covid-19, con 1.100.000 casos registrados y 59.000 muertes en el mundo, reviste interés público. Lo mismo opina, con insospechable criterio, el Colegio de Médicos. Para justificar el tiempo invertido en tan cuestionable empresa, durante la horrenda crisis nacional y mundial, ANFE seguramente acudirá a la argumentación principista, que justifica resultados absurdos por la necesidad de salvaguardar el principio. La preocupación —dice el principista— no es por el modesto sacrificio de abstenernos de circular entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana. ¡Lo importante es la libertad!
Los principios son de capital importancia, pero tienen jerarquía y circunstancia. Alarma pensar que traerse abajo las restricciones a la circulación, en vísperas de Semana Santa y contra el criterio del Colegio de Médicos —cuya directiva más bien insta a ampliar las limitaciones— esté alineado con los principios de la ANFE.
Un sistema de salud desbordado, como el de la pesadilla del Colegio de Médicos, se parece mucho al de Italia, donde los galenos, comprometidos a preservar la vida, más bien deciden quien muere. Frente a ese panorama, la argumentación principista revela su desequilibrio. La restricción vehicular es un diminuto inconveniente frente a tan horrenda mortandad.
Pero siempre está el recurso de atrincherarse en un principio mayor. Aceptamos la limitación a la libertad, pero no a contrapelo de la Constitución, diría el argumento. Díctese, pues, el decreto en el marco de una suspensión de garantías aprobada por la Asamblea Legislativa. El principio, en este caso, es la primacía de la ley.
Esa es la posición del diputado Jonathan Prendas, quien, con su hermano Francisco, no ceja en el esfuerzo de ser reconocidos como proponentes originales del “toque de queda” ahora ejecutado “a poquitos” sin darle crédito a Nueva República. Para defender las garantías constitucionales, como principio, los hermanos Prendas proponen suspenderlas de una buena vez, eso sí, de conformidad con el procedimiento establecido por la carta magna.
El gobierno se ha resistido a tomar medidas tan determinantes, pero siempre las ha tenido presentes. No son una idea prodigiosa y original de Nueva República, sino un artículo inscrito en la Constitución desde 1949 y con precedentes jurídicos e históricos de siglos atrás. El Colegio de Médicos las acaba de reiterar, no porque le sonara bien el planteamiento de Nueva República, sino porque considera llegado el momento.
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No obstante, para el diputado Prendas, lo importante es el principio de preeminencia de la Constitución, pese la intención expresada por su partido de discriminar en el empleo público y a la inusitada idea de abandonar el sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
En defensa del principio, el legislador anunció su intención de “presentar las mociones que sean necesarias para enmendar" el "grave error del presidente”, no importa si consume el tiempo del Congreso en momentos tan graves o si todo resulta en la imposición de medidas que las autoridades sanitarias y políticas todavía no consideran pertinentes, no obstante el llamado del Colegio de Médicos.
El pronunciamiento de la Sala Constitucional nos libera de las cruzadas en nombre de tan elevados principios con la simplísima conclusión de que la restricción vehicular no viola las garantías constitucionales. Eso, no cabe duda, se lo debemos a la ANFE. Hecho el pronunciamiento de los magistrados, Costa Rica no es menos libre, menos democrática, ni menos respetuosa de la ley. Los principios defendidos no son los de la Constitución y más parecen un triste recurso para figurar, pero, en las circunstancias, el principismo volverá a aflorar. Es necesario estar alerta para no confundirse.