
Por primera vez, el Estado costarricense convoca a un concurso público para asignar las concesiones de las frecuencias del espectro radioeléctrico destinadas a la radiodifusión sonora y televisiva, anteriormente otorgadas con criterios absolutamente discrecionales por el Poder Ejecutivo.
Este proceso no es una decisión voluntariosa o plausible de este gobierno, sino una obligación de carácter legal que se le impuso con el vencimiento de los contratos de concesión vigentes hasta junio de 2024. En virtud del advenimiento del plazo de vigencia de las concesiones y de la aplicación de la Ley General de Telecomunicaciones, en vigor desde 2008, es que las frecuencias salen a concurso.
La doctrina regional sobre libertad de expresión es clara en señalar el importante papel del Estado a la hora de asignar el espectro radioeléctrico para garantizar una radiodifusión libre, independiente, plural y diversa. Todavía hoy, cuando asistimos a una amplia diversificación de fuentes, contenidos y formas de consumo digital, los servicios de radio y la televisión abiertos, libres y gratuitos son vehículos de gran importancia para el debate democrático.
Son servicios que funcionan como garantías para el ejercicio de la dimensión social de la libertad de expresión y el derecho a la información de las personas, ya que permiten el pluralismo informativo, es decir, la existencia de medios de comunicación que respondan a diferentes intereses: comerciales, comunitarios o de servicio público.
Es por este motivo que la asignación de una concesión en materia de radiodifusión no puede ser equiparable a la de otros servicios de telecomunicaciones disponibles al público por cuanto los alcances del derecho a la libertad de expresión deben permear cualquier política pública o regulación en esta materia.
Un presupuesto esencial es que los Estados están obligados a adoptar medidas que permitan el acceso al espectro radioeléctrico a distintos sectores sociales que reflejen el pluralismo existente en la sociedad y que cualquier proceso de asignación debe atender a principios democráticos.
Sin embargo, este proceso licitatorio, instruido por la Superintendencia General de Telecomunicaciones (Sutel) a solicitud del Ejecutivo, bajo el formato de subasta, carece a todas luces de las condiciones esenciales para garantizar una asignación democrática, no discriminatoria y fincada en el interés público.
Un concurso público discriminatorio
En primer término, uno de los criterios más importantes para asignar las concesiones es que deben, como uno de sus objetivos, fomentar la pluralidad y diversidad de voces. En ese sentido, los requisitos para otorgarlas no pueden constituir una barrera desproporcionada para lograr estas finalidades.
En el caso de las subastas, existe consenso en que la oferta en dinero o el criterio económico no puede ser el factor excluyente o principal para adjudicar todas las frecuencias de radio o televisión, ya que se compromete el acceso en igualdad de condiciones a las frecuencias y se desalienta el logro del pluralismo y la diversidad.
El pliego de condiciones de esta licitación carece de esa finalidad de interés público, es decir, el criterio económico prevalece en todos los casos; no establece mecanismos diferenciados para tipos de operadores –por ejemplo, medios comunitarios–; limita la existencia de operadores pequeños en la región central y el precio base de referencia para medios regionales es ampliamente oneroso. Si bien incluye mecanismos para evitar la concentración del espectro en pocas manos, es claro que los oferentes con mayor poder económico son los más favorecidos.
El pliego exige, además, a los eventuales concesionarios una serie de obligaciones económicas, técnicas y administrativas, que posiblemente muy pocos estarán en condiciones de atender. Esas exigencias desproporcionadas parten del supuesto de que los eventuales oferentes cuentan con estructuras empresariales sólidas para hacer frente a las nuevas inversiones, lo que nuevamente coloca el factor económico como una barrera para el acceso.
El nuevo modelo de radiodifusión que saldrá de este proceso de asignación de frecuencias se definirá por el poder económico más que por una política pública favorecedora de la democratización del espectro.
Durante décadas, las concesiones estuvieron asignadas sin criterios de interés público bajo un modelo de regulación obsoleto y confuso, que nunca propició espacios para asegurar la igualdad de condiciones en el acceso a las frecuencias. Y seguiremos igual. Los medios comunitarios nunca fueron reconocidos por el Estado costarricense.
Los derechos en juego demuestran la enorme importancia que reviste este proceso de asignación de frecuencias. Estamos perdiendo la oportunidad de plantear un proceso guiado por criterios objetivos, claros, públicos y democráticos y de remover los obstáculos que impiden que ciertos sectores sociales puedan acceder a este tipo de medios de comunicación. Es un concurso que beneficia al mejor postor.
Giselle Boza Solano es la coordinadora del Programa de Libertad de Expresión de la Universidad de Costa Rica (UCR).