Como se sabe, el período presidencial es corto, apenas cuatro años. Hay quienes proponen ampliarlo, aduciendo que un ejercicio más prolongado facilitaría al gobernante de turno la consecución de objetivos a mediano y largo plazo.
Al carácter abreviado del cargo se suma que está proscrita la reelección sucesiva. Ciertamente, ambas reglas se corresponden con el carácter alternativo que la Constitución predica del gobierno, un rasgo republicano que denota que el poder es un mal necesario, y que para tolerarlo y disciplinarlo hay que limitarlo y controlarlo.
Por otra parte, aunque la edad exigida para acceder a la presidencia es relativamente baja, 30 años, lo que puede dar a algunos posibilidad de retornar, puesto que la expectativa de vida es mucho mayor, por lo general el liderazgo que se cultivó para llegar al poco tiempo se disipa y ya no se puede recuperar.
Se dice que el cuatrienio da al gobierno poco espacio para realizar proyectos que no sean de corto alcance. Causa fragmentación de las políticas públicas con resultados inconvenientes y onerosos; debilita la capacidad decisoria y ejecutiva, que de por sí se resiente cada vez más por la vasta pluralidad de la composición del cuerpo legislativo, la precariedad y volubilidad de los actores políticos de primera línea y el énfasis a veces excesivo en la fiscalización, que en ocasiones poco remedia y no poco retarda y encarece.
Corto o largo, bueno o malo, el período presidencial es el que la Constitución prescribe. Claro que lo podemos cambiar, y ella nos dice cuándo y cómo. Eso sí, no autoriza la revocación o sustitución del mandato ni por acto legislativo, salvo el caso de incapacidad física o mental del presidente, ni por repudio popular. Además, la integridad del cuatrienio está protegida por disposiciones como la que dice que ninguna persona o reunión de personas puede asumir la representación del pueblo, arrogarse sus derechos, como el derecho al sufragio, o hacer peticiones en su nombre. Dicho coloquialmente, si el gobierno no me gusta, tengo que esperar que se termine para cambiarlo.
A veces, los reproches contra el gobierno mueven a algunos a pensar que el remedio es deponerlo. Pero bajo la Constitución, lo único que puede acabar con él es la paciencia y el paso del tiempo, no el golpe de Estado.
Carlos Arguedas Ramírez fue asesor de la Presidencia (1986-1990), magistrado de la Sala Constitucional (1992-2004), diputado (2014-2018) y presidente de la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa (2015-2018). Es consultor de organismos internacionales y socio del bufete DPIlegal.