El Tribunal que juzgó en diciembre a Albino Vargas por instigación pública no calificó dicho proceso como un “juicio de persecución política”, como dijo José María Villalta, diputado y candidato presidencial del Frente Amplio (FA), la noche del miércoles, en el debate organizado por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Por el contrario, la jueza que absolvió al sindicalista fue enfática al asegurar que no hubo un “juicio político”, pese a la insistencia de la defensa de Vargas por llamarlo así.
“En un estado de Derecho como el que nos rige, los jueces debemos resolver conforme al principio de legalidad y este tribunal rechaza que se haya indicado acá que esto es un juicio de carácter político”, dijo la jueza Lorena Blanco Jiménez, el 9 de diciembre del 2021, al dictar su decisión.
En cambio, en el debate, Villalta afirmó: “Yo creo que, efectivamente, ese juicio nunca debió llegar a juicio, creo que es un juicio improcedente, un juicio de persecución política y así fue declarado por los tribunales, era un precedente peligroso, y así me comuniqué con don Albino Vargas y así se lo hice saber”.
La afirmación surgió luego de que Johnn Vega, aspirante del Partido de los Trabajadores (PT), recriminó al frenteamplista po no haberse pronunciado públicamente sobre el proceso contra Vargas.
A finales del 2021, Albino Vargas enfrentó un juicio por un supuesto delito de instigación pública, el cual se le atribuyó por declaraciones emitidas en el 2019, durante el apogeo de las protestas en contra del proyecto de Ley de Empleo Público y la salida del entonces ministro de Educación, Edgar Mora, entre otros temas.
Los querellantes argumentaron que Vargas indujo a grupos de manifestantes a cerrar las carreteras y las fronteras del país; sin embargo, fue absuelto porque no se presentó el video original con las declaraciones que se le achacaban al líder sindical.
Los motivos de la absolutoria
Para la juzgadora, no quedó claro el origen del video presentado por la representación legal de los querellantes Gloria Navas y Rubén Hernández Valle.
El tribunal, además, encontró que, para que alguien incurra en el delito de instigación pública, se requiere que el sujeto haya actuado en un lugar público, mientras que este caso los hechos ocurrieron en un lugar privado, durante una reunión. En ningún momento se determinó que Vargas supiera que sus declaraciones se iban a publicar, agregó la jueza.
Por último, la jueza Blanco dijo que instigar significa mover al delito, y no solo proponer que se cometa: “Lo que el Tribunal pudo observar en las manifestaciones que usted brindó es que hubo una idea y propuesta, lo cual considera el tribunal que no implica promover un delito determinado”.
La noche de este miércoles, Vargas desmintió a José María Villalta, luego de que el diputado y candidato presidencial dijera que se comunicó con el sindicalista para solidarizarse por el juicio.
“En honor a la verdad, a propósito del juicio político que ganamos, este servidor ni antes ni después de la sentencia, recibió llamada alguna del candidato Villalta. Usted mintió. Don Jhonn Vega lo planteó correctamente”, publicó el líder de la Asociación Nacional de Empleados Público y Privados (ANEP), en Twitter.
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