El ministro de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Alfredo Hasbum Camacho, firmó este viernes una directriz para incluir el beneficio de pensión por muerte a parejas del mismo sexo, cubiertas bajo el Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional.
Según informó el MTSS por medio de un comunicado, el decreto rige a partir de su divulgación, "por lo que, con la comunicación oficial del ministro a través del correo electrónico institucional, la medida debe aplicarse de forma inmediata por los funcionarios de la Dirección Nacional de Pensiones”.
Desde el 2016 el MTSS se acogió a una modificación del reglamento del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), que reconoce el derecho de pensión por viudez, sin importar si se trata de parejas homosexuales u heterosexuales.
La medida cubre todos los sistemas con cargo al Presupuesto Nacional, los cuales incluyen a los cotizantes del Ministerio de Hacienda, el Registro Nacional, el Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer), el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el sector de Comunicaciones.
Sin embargo, al tener el Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional su propia legislación, había quedado excluido de este beneficio.
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En junio de 2017, un criterio de la Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que no existen razones para negar el beneficio de la pensión por viudez a las parejas del mismo sexo adscritas al régimen de reparto del Magisterio Nacional.
La posición de la Procuraduría se dio en respuesta a una consulta de la Dirección Nacional de Pensiones, para determinar si era factible otorgar la pensión por sobrevivencia a convivientes del mismo sexo a través de un reglamento de la Dirección Nacional de Pensiones, o bien, se requería que la Asamblea Legislativa reformara la ley del sistema de pensiones y jubilaciones del Magisterio Nacional.
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Tras un amplio análisis de jurisprudencia nacional e internacional, la PGR consideró que privar de ese beneficio a las parejas del mismo sexo constituye una “discriminación directa por motivos de orientación sexual (...) y por ende, contraria al Derecho Internacional y a la Constitución Política”, y no estimó necesaria la modificación de la ley.
Actualmente, el Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional tiene 41.011 beneficiarios, de los cuales 6.275 pertenecen al régimen transitorio de reparto bajo la Ley 7531.
Este sistema cubre a todos los contribuyentes del Magisterio, que ingresaron a laborar antes del 15 de julio de 1992.