Hacienda ya decidió. No serán 90 sino 180 días los que darán a los contribuyentes para que declaren el valor de sus propiedades de conformidad con la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Así, los ciudadanos tendrán tiempo hasta el 19 de junio del próximo año para presentar su declaración.
El anuncio lo hizo ayer Fernando Herrero, ministro del ramo, en conferencia de prensa. Herrero aclaró que la decisión ya estaba tomada y no tiene nada que ver con el pedido hecho en el seno del Consejo de Gobierno, el miércoles pasado, sobre la ampliación del plazo.
Para el funcionario, la explicación es una sola: "La ley no es muy clara en cuanto a plazos. Por eso, y pensando en el beneficio de los contribuyentes, ampliaremos en seis meses la entrega de la declaración."
Como parte del paquete de medidas establecidas por Hacienda, el próximo martes se publicará el Reglamento de la Ley, en el diario oficial La Gaceta. Aunque este tenía que salir desde octubre pasado, la tardanza se justifica ante la espera de esta dependencia para que la Asamblea Legislativa aprobara -en sesiones extraordinarias- una serie de reformas a esta ley, situación que no se dio.
Asimismo, los valores declarados en los últimos días comenzarán a regir hasta 1997. Mientras tanto, los contribuyentes pagarán el impuesto con base en los valores que se encuentren registrados en Tributación Directa.
Reglas necesarias
Precisamente, la ausencia del reglamento fue uno de los puntos más cuestionados por las municipalidades durante varias ocasiones en que La Nación se comunicó con ellas.
Eran comunes frases como "el caos se debe a la falta de reglamento", dicha por Gustavo Silesky, abogado de la municipalidad de Oreamuno; "si tuviéramos el reglamento, otro sería el ambiente", de José Joaquín Solís, ejecutivo de Tibás, y "el cambio constante de estrategias se debe a la falta de reglas claras", de Gerardo Oviedo, de Santa Ana.
Así, dos meses después de lo establecido por la misma ley, saldrá el conjunto de reglas que pretende ordenar el caos generado con la declaración de bienes inmuebles.
Como aspectos más relevantes contenidos en el conjunto de normas que saldrá el martes se destacan:
-La uniformidad de las fórmulas para declarar: Según Jenny Phillips, directora de Tributación, con fórmulas iguales y mediante una declaración guiada, se pretende crear un sistema justo, donde todos los ciudadanos aporten los mismos datos, en igualdad de condiciones.(Véase reacuadro adjunto con puntos del Reglamento)
- Las funciones de Tributación: Tal y como lo establece la ley, durante los primeros cinco años será esta institución la que tendrá en sus manos la tarea de elaborar, fijar, fiscalizar y aprobar los avalúos. Además, mediante un plan de contingencia, a través de sus oficinas regionales, se pretende brindar soporte técnico y capacitación en materia de valoración a los municipios.
- El crédito tributario: Se dará a quienes donen o realicen alguna obra de bien social, según criterio de la municipalidad. El crédito será proporcional al monto de lo donado.
Herrero justificó este atraso en las reformas a la ley cuya aprobación ellos esperaban que se diera durante las sesiones extraordinarias del Congreso. "Como esto no se dio, no tuvimos más remedio que esperar hasta el final para publicar el Reglamento", aseguró Herrero.
No somos responsables
¿Y quién es el responsable, ante el caos de las últimas semanas? Una sonrisa y un "le quito toda responsabilidad a Hacienda", fue lo que La Nación obtuvo por respuesta del Ministro.
No piensa lo mismo José Joaquín Solís, ejecutivo municipal de Tibás, quien fue consultado ayer por este matutino en su casa de habitación.
"Con esto, las municipalidades no vamos a saber ni en dónde estamos parados. ¿Qué piensa el Gobierno que va a hacer con ese decreto? Lo único que va a causar es que muchos ayuntamientos bajemos los ingresos considerablemente. La comisión formada en nuestra municipalidad para coordinar lo del impuesto, promoverá la redacción de un pronunciamiento a nivel de los 81 municipios. No podemos permitir que el esfuerzo de todas estas semanas se vaya por la borda", sostuvo Solís con un dejo de frustración y enojo.
Al fin, las reglas
El próximo martes saldrá publicado, en el diario oficial La Gaceta, el Reglamento a la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. A continuación, las principales reglas del juego:
Fórmulas de declaración: n Se utilizará una única fórmula -no 81 diferentes-, en la que se incorporarán, entre otros, los siguientes datos:
- Nombre del propietario.
- Domicilio fiscal para recibir notificaciones.
-Ubicación del inmueble, área y acceso a servicios.
Ampliación del plazo:
- El 19 de junio de 1996 es el límite para entregar las declaraciones a los municipios.
Carácter de la declaración:
-Es voluntaria y debe presentarse cada dos años, de conformidad con la ley.
Valores para el próximo año:
Se usarán los registrados en Tributación Directa. Los declarados en las últimas semanas por los contribuyentes regirán en 1997, a menos que las municipalidades hayan notificado a los ciudadanos el valor que correrá como base del impuesto, antes del 31 de diciembre de este año.
Funciones de Tributación Directa:
-Confeccionar las normas, procedimientos y métodos para elaborar, fijar, fiscalizar y aprobar los avalúos.
-Brindar soporte técnico y capacitación a los municipios en materia de valoración de propiedades.
-Coordinar, analizar y homogeneizar los valores en escala nacional.
Fuente: Fernando Herrero, ministro de Hacienda.